AYUDAS DEL GOBIERNO DE ESPAÑA POR EL COVID
Línea de avales para los préstamos que soliciten las pymes a la banca.
Una semana después de que el gobierno anunciara una línea de avales de 100.000 millones de euros para cubrir los créditos solicitados por las pymes a los bancos privados, el Ejecutivo ya ha dado a conocer la letra pequeña de esta medida contra la crisis del Coronavirus:
Será un paquete de 20.000 millones de euros, prorrogables a medida que se consuman, la primera acción que se llevará a cabo en este ámbito. La mitad de esta cuantía (10.000 millones de euros) avalará los créditos de las pymes y autónomos/as, mientras que la otra mitad irá destinada a cubrir los de las grandes empresas.
A continuación, te detallamos los aspectos más relevantes de estas ayudas:
- La cuantía de aval únicamente cubrirá aquellos créditos destinados a mantener la liquidez de las empresas y a hacer frente a los gastos ocasionados por el COVID-19.
- Esta ayuda tendrá carácter retroactivo con efectos desde el 18 de marzo de 2020.
- E
aval que se conceda tendrá una duración máxima de 5 años, por lo que no cubrirá créditos con una duración superior. - En el caso de las pymes, el aval cubrirá el 80% del préstamo, mientras que en el caso de las grandes empresas la garantía se reduce al 70% para nuevos créditos y al 60% para renovaciones.
A partir del 30 de septiembre de 2020, podrán solicitar préstamos con estos avales las empresas y autónomos/as que no incurrieran en morosidad a 31 de diciembre de 2019 y en situación de procedimiento concursal el 17 de marzo de 2020.
Líneas de crédito ICO Sector Turístico y actividades conexas
Tal y como avanzamos en el post “Los primeros pasos de ACELERA PYME y otras plataformas de ayuda contra los efectos del COVID-19”, el Instituto de Crédito Oficial (ICO), ha lanzado una línea de créditos para aquellas empresas y autónomos/as cuya actividad se enmarque dentro un CNAE del sector turístico y actividades conexas.
Dichos créditos van enfocados a cubrir necesidades de liquidez y proyectos de digitalización dirigidos a implantar el teletrabajo, y se podrán tramitar en las principales entidades de créditos estatales.
Respecto a las características de esta financiación, podemos detallar lo siguiente:
- El importe máximo del préstamo será de 500.000 euros, pudiéndose dividir dicha cuantía en varios préstamos.
- El tipo de interés aplicable será fijo (máximo 1,5% TAE).
- Las comisiones y garantías que se impongan dependerán del banco o caja en la que se contrate dicho crédito.
- El plazo de amortización podrá oscilar entre 1 y 4 años, con un año de carencia de principal.
Estos
préstamos estarán disponibles hasta el 31 de diciembre de 2020.
(Enlace a más información sobre el crédito ICO)
Medidas para sostener la actividad económica ante las dificultades transitorias consecuencia del COVID-19. CAPITULO II RD -ley 11/2020, de 31 de marzo
Modificación del momento y plazo para aportación de garantías en las convocatorias de préstamos concedidos por la SGIPYME pendientes de resolución en el momento de entrada en vigor del Real Decreto 462/2000, de 14 de marzo. HASTA EL 3 DE NOVIEMBRE 2020.
Refinanciación de los préstamos concedidos por la SGIPYME. Los beneficiarios de concesiones de préstamos a proyectos industriales otorgados por la SGIPYME podrán solicitar modificaciones del cuadro de amortización del mismo durante el plazo de 2 años y medio contados desde la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo; siempre y cuando la crisis sanitaria provocada por el COVID-19 haya provocado periodos de inactividad del beneficiario, reducción en el volumen de sus ventas o interrupciones en el suministro en la cadena de valor .
Devolución de gastos y concesión de ayudas por cancelación de actividades de promoción del comercio internacional y otros eventos internacionales. Se habilita a ICEX España Exportación e Inversiones para la devolución a las empresas que hayan incurrido en gastos no recuperables en esta o futuras ediciones, de las cuotas pagadas para la participación en las ferias, u otras actividades de promoción de comercio internacional, que hayan sido convocadas por la entidad, cuando estas sean canceladas, gravemente afectadas o aplazadas por el organizador como consecuencia del COVID 19. En el supuesto de aplazamiento la empresa deberá justificar motivadamente su imposibilidad de acudir a la nueva edición.
Se habilita a conceder y pagar ayudas a las empresas que fueran a participar en los eventos internacionales organizados a través de las entidades colaboradoras de ICEX y a las propias entidades colaboradoras, en función de los gastos incurridos no recuperables en esta o futuras ediciones, cuando las actividades sean canceladas como consecuencia del COVID 19.
Aplazamiento extraordinario del calendario de reembolso en préstamos concedidos por Comunidades Autónomas y Entidades Locales a empresarios y autónomos afectados por la crisis sanitaria provocada por el COVID-19. Se podrá solicitar el aplazamiento del pago de principal y/o intereses a satisfacer en lo que resta de 2020.
Línea de garantías COVID-19 de CERSA. Para ampliar la partida presupuestaria del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo destinada a dotar el Fondo de Provisiones Técnicas de la Compañía Española de Reafianzamiento, S.M.E.,S.A. (CERSA) se concede un suplemento de crédito por importe de 60M€ en el concepto 747.01 «a la Compañía de Reafianzamiento, CERSA» del programa 433M «Apoyo a la Pequeña y Mediana Empresa» financiado en cualquiera de las formas que establece el artículo 55 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
Bono Social eléctrico para autónomos afectados por el COVID-19
El Gobierno ha dado a conocer mediante el Real Decreto-Ley 11/2020 de 31 de marzo de 2020 su nueva ayuda para los/las autonómos/as que hayan visto afectadas sus respectivas actividades como consecuencia del COVID-19, bien por cese de actividad o por la reducción de sus ingresos en un 75%.
Se trata del bono social eléctrico: un descuento del 25% en la factura de luz de las viviendas de los/las autónomos/as afectados/as.
Para solicitarlo, el/la interesado/a deberá cumplimentar la solicitud publicada en la Orden ministerial 320/2020 y adjuntar en ella la siguiente documentación:
- Copia del DNI o NIE.
- Certificado de empadronamiento.
- Libro de familia (si existe una unidad familiar).
- Certificado expedido por la Agencia Tributaria, o el correspondiente órgano competente, que acredite el cese de actividad del interesado.
Con todo ello, deberá dirigirse telemáticamente a su comercializadora de energía habitual y solicitar el bono social. Hay que tener en cuenta que para acogerse a esta ayuda, es necesario acogerse, o haberse acogido previamente, al Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) hecho que se puede tramitar con la misma comercializadora.
Tras el proceso de tramitación y verificación de datos, el bono social se devengará a partir del primer día del ciclo de facturación en el que tenga lugar la recepción de la solicitud completa.
PARA ACCEDER AL IMPRESO DE LA SOLICITUD HAGA CLICK AQUÍ
AYUDAS DEL GOBIERNO VASCO
Paralelamente al plan de choque contra el Coronavirus del gobierno central, el Gobierno Vasco ha dado luz verde a una batería de medidas y ayudas económicas para el tejido empresarial de la CAPV de un total de 841 millones de euros, de los cuales 586 millones de euros irán destinados a autónomos/as y pymes. A continuación, exponemos en qué se concretan dichas medidas:
Ayudas a autónomos/as a través de LANBIDE:
El servicio de empleo de Euskadi lanzará una línea de subvenciones destinadas al pago de cotizaciones y arrendamientos por parte de los/las autónomos/as y empresarios/as individuales, así como de los/las socios/as de Comunidades de Bienes y Sociedades Civiles.
La partida de esta ayuda comprende 3 millones de euros que cubrirán los siguientes conceptos:
- “Las cuotas relativas al pago de la cotización como trabajador por cuenta propia en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en el que, en su caso, corresponda de la Seguridad Social o en Mutualidades profesionales obligatorias. (Dicho gasto no se considerará subvencionable cuando haya sido subvencionado por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo u otras administraciones públicas).”
- Las cuotas ligadas al “arrendamiento de locales de negocio, siempre y cuando no sean parte de una vivienda familiar y no exista relación de parentesco hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad con el/la arrendador/a del local, ni sea socio/a o participe de la persona física o jurídica que actúe como arrendador/a.”
Las solicitudes se resolverán por orden de presentación y hasta que se acaben los fondos (3 millones de euros), por este motivo, si te encuentras en esta situación, te recomendamos que leas nuestro post “NUEVA AYUDA DE LANBIDE PARA AUTÓNOMOS Y EMPRESARIOS INDIVIDUALES” donde te explicamos todo lo que tienes que tener en cuenta para optar a esta ayuda.
Programa BIDERATU-COVID19
El Gobierno Vasco invierte 20 millones de euros en ayudas para la reestructuración y relanzamiento de las empresas que hayan caído en crisis por el impacto del COVID19. Dicha parte del FONDO ESPECIAL COVID19, irá destinada a PYMES industriales extractivas, transformadoras, productivas, de servicios técnicos y a las del ámbito de la información y comunicaciones que, teniendo un producto y un mercado definido, y, por lo tanto, pudiendo ser competitivas, como consecuencia de las circunstancias extraordinarias del momento, hayan dejado de serlas.
Los negocios beneficiarios de esta ayuda deberán contar con un centro de trabajo situado en la CAPV, no encontrarse en situación de destrucción de empleo y disponer de un número de empleados superior o igual a 20. Además deberán estar al corriente de los pagos a Hacienda y a la Seguridad Social.
El importe de la ayuda podrá alcanzar hasta el 100% del flujo de caja negativo presupuestado para el ejercicio 2020, presentado en el plan presupuestado para la presente ayuda a 31 de diciembre de 2020, con un límite máximo de 800.000 euros. Respecto a su compatibilidad con otras ayudas, cabe exponer que la presente será compatible con otras subvenciones que tengan la misma finalidad.
a presentación de la solicitud de esta ayuda se podrá llevar a cabo únicamente de forma telemática accediendo al siguiente enlace desde el 16 de abril hasta el 30 de noviembre de 2020. Asimismo, junto a la solicitud se deberá presentar la siguiente documentación:
a) Escritura de constitución de la empresa, así como de los estatutos debidamente inscritas en el registro competente, y de sus modificaciones posteriores.
b) Tarjeta de identificación fiscal.
c) Poder de representación de la persona solicitante.
d) Cuentas Anuales Auditadas de los dos últimos ejercicios o, en su defecto, de las dos últimas declaraciones del Impuesto de Sociedades.
e) Declaración responsable de los bienes o derechos que componen los activos de la empresa, estén o no afectados al proceso de producción, con la valoración actualizada, de acuerdo con los criterios generales de valoración, y detalle de las cargas que soportan.
En cuanto a la resolución de dichas ayudas, se debe saber que se procederán a resolverlas en función del orden de presentación y hasta que se acaben los fondos destinados.
PUEDES CONSULTAR LAS BASES DE LA AYUDA EN EL SIGUIENTE ENLACE
Programa de ayudas a la Ciberseguridad Industrial 2020. GOBIERNO VASCO-SPRI-BCSC:
El Gobierno Vasco, en colaboración con la Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial (SPRI) y el Centro Vasco de Ciberseguridad (BCSC) invertirá 1.300.000 euros en el plan de choque contra el COVID19; esta vez, para implementar uno de los elementos clave del momento en el sector industrial: la ciberseguridad.
El Programa de Ayudas a la Ciberseguridad Industrial 2020, persigue el objetivo de impulsar medidas de ciberseguridad con el fin de evitar ciberataques en empresas industriales, de servicios técnicos, de diseño y de logística. La ayuda, subvencionará diez actuaciones que podrán llevar a cabo las empresas beneficiarias, entre las cuales se encuentran: el diagnóstico de la situación a la que se enfrenta la empresa en materia de ciberseguridad, la adopción de buenas prácticas en el mismo campo, la toma de medidas de protección adecuadas para cada empresa y las diversas iniciativas que éstas pueden desarrollar para concienciar a la plantilla en el ámbito de la ciberseguridad, entre otras más recogidas en las bases de la ayuda.
Asimismo, el importe máximo de la subvención será de 18.000 € anuales por empresa.
En cuanto a los criterios que éstas deben cumplir para optar a dicha ayuda, son los siguientes:
- Disponer del centro de actividad industrial en la CAPV.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Seguridad Social y Hacienda.
- Estar dadas de alta en un epígrafe industrial del Impuesto de Actividades Económicas del País Vasco.
La solicitud para el Programa de Ayudas a la Ciberseguridad 2020, se podrá cursar telemáticamente a través de la página web de SPRI desde el 21 de abril hasta el 27 de noviembre de 2020, presentando junto a la solicitud, la siguiente documentación:
- Declaración responsable del representante legal de la entidad.
- Copia del poder notarial del representante legal. En el caso de que el beneficiario sea un trabajador autónomo, Certificado del Departamento de Hacienda de la Diputación Foral o Ayuntamiento correspondiente, actualizado, que acredite la actividad económica.
- NIF de la entidad beneficiaria.
- Copia del certificado de la entidad financiera que acredite la titularidad y número de la cuenta corriente (IBAN) a nombre del beneficiario.
- Oferta técnica y económica del proyecto industrial.
- En el caso de que la empresa beneficiaria haya sido constituida en los 12 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda, deberá presentar su «Plan de Negocio».
El plazo de resolución será de 6 meses desde la fecha de presentación de la documentación.
Consulta las bases de la convocatoria haciendo click en el siguiente enlace.
Apoyo a la pequeña producción alimentaria local. FONDO ESPECIAL COVID19:
Las empresas vascas del sector alimentario que tengan un stock de productos que no alcancen un precio mínimo de coste y puedan incurrir en una situación de precios por debajo del coste, podrán acogerse a esta ayuda del FONDO ESPECIAL COVID19, que destina un total de 6 millones de euros a estas subvenciones.
Apoyo a la implantación del teletrabajo y otras ayudas para la I+D+I:
Mediante el programa INPLANTALARIAK, plan simétrico al programa ACELERA PYME del gobierno central, las pymes y autónomos/as recibirán un asesoramiento en cuanto a cómo desarrollar el teletrabajo y la digitalización en sus negocios. En el post “El Gobierno toma medidas en relación al teletrabajo y la digitalización” te explicamos todos los detalles sobre estas ayudas.
Línea de financiación urgente de 25 millones de euros a 0% interés. ELKARGI-GOBIERNO VASCO:
Con el objetivo de dinamizar las actividades económicas de las pymes y autónomos/as, y, consecuentemente, garantizar la liquidez del tejido productivo vasco, el Gobierno Vasco junto con ELAKRGI ha lanzado la Línea COVID19 del Instituto Vasco de Finanzas (IVF)
El crédito ofrecido podrá cubrir los gastos fijos de estructura equivalentes a 6 meses de funcionamiento ordinario de la empresa. No obstante, del importe concedido deberán deducirse el resto de facilidades a la liquidez a las que se haya acogido el/la solicitante (aplazamiento de las Haciendas Forales, reducción de los costes laborales…).
Las condiciones del crédito son las siguientes:
- Importe del crédito: Autónomos (5.000€-50.000€); Pymes (50.000€-1.000.000€)
- Tipo interés: Coste 0% (IVF subvenciona el EURIBOR +0,50% anual)
- Plazo y carencia: Plazo máximo 5 años, carencia de hasta 12 meses.
- Cuotas: Trimestrales.
Para acceder al crédito los/las solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Ejercer la actividad económica en la CAPV, con domicilio social, centro de decisión y/o almenos un centro de actividad ubicado en Euskadi.
- Tener calificación de PYME o Autónomo.
- No tener deudas vencidas con el IVF o ELKARGI.
- Estar al corriente de los pagos por obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Presentar en la solicitud una breve descripción de los efectos negativos del COVID19 sobre el rendimiento de la actividad indicando las necesidades de financiación de la misma.
ENLACES DE INTERÉS:
Cualquier duda, estamos a tu disposición,
#AHORAMÁSQUENUNCA