AYUDAS DE APOYO AL EMPRENDIMIENTO Y A LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD DE LAS EMPRESAS TURÍSTICAS. adminnovak 10 de junio de 2020
AYUDAS DE APOYO AL EMPRENDIMIENTO Y A LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD DE LAS EMPRESAS TURÍSTICAS.

Persiguiendo el objetivo de conseguir un crecimiento turístico sólido, con más y mejor empleo en dicho sector, el Departamento de Turismo, Comercio y Consumo del Gobierno Vasco vuelve a lanzar una ayuda económica a las empresas que forman parte del tejido empresarial turístico de Euskadi: la ayuda de apoyo al emprendimiento y a la mejora de la competitividad de las empresas turísticas.

En este post te explicaremos todo lo que tienes que saber acerca de dichas subvenciones, así cómo cuál debe ser el procedimiento para presentar la solicitud.

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¿Cuántas líneas de subvenciones existen dentro de dicha ayuda?

Tal y como hemos anunciado en la introducción, la presente ayuda busca mejorar el sector turístico vasco, fomentando el emprendimiento y mejorando la competitividad del mismo. En este mismo sentido, las bases de la convocatoria de las ayudas de apoyo al emprendimiento y a la mejora de la competitividad de las empresas turísticas establecen dos líneas de ayuda:

  1. Ayuda dirigida al emprendimiento para la creación de nuevos negocios turísticos.
  2. Ayuda dirigida a la mejora de la competitividad de las empresas turísticas.

¿Quiénes podrán beneficiarse de dicha ayuda?

Podrán optar a la ayuda todas aquellas personas físicas o jurídicas, así como las comunidades de bienes y las sociedades civiles cuyas actividades se enmarquen en el sector turístico:

  1. Empresas de alojamiento turístico.
  2. Empresas de restauración.
  3. Empresas turísticas de mediación (agencias de viaje, operadores turísticos…).
  4. Empresas de transporte turístico.
  5. Empresas organizadoras de congresos y ferias
  6. Empresas de turismo activo (dedicadas a ofrecer actividades turísticas de recreo, deportivas y de aventura).
  7. Guías de turismo.

IMPORTANTE: En el caso de las Comunidades de Bienes y Sociedades Civiles, cada uno/a de los/las integrantes tendrán consideración de personas beneficiarias, por lo que deberán cumplir todos los requisitos y condiciones que se expongan a continuación.

¿Qué requisitos deben cumplir las personas beneficiarias?

Para poder acceder a dichas ayudas, es necesario encontrarse ejerciendo la actividad en el establecimiento de negocio sito en la CAPV y estar dado de alta en el IAE (en caso de que soliciten la ayuda para la mejora de competitividad). Respecto a los/las solicitantes de la línea de ayuda dirigida al emprendimiento para la creación de nuevos negocios turísticos, éstos/as deberán cumplir dichos requisitos con anterioridad al 31 de diciembre de 2020.

Asimismo, deberá declarar estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no estar sancionada ni penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones.

¿Cuál es el importe de la ayuda?

Las personas que soliciten la línea de ayuda dirigida al emprendimiento para la creación de nuevos negocios turísticos podrán conseguir hasta el 40% de los gastos subvencionables, con un límite máximo de 18.000 euros, mientras que las que soliciten la línea de ayuda dirigida a la mejora de la competitividad de las empresas turísticas, podrán conseguir el 30% del gasto subvencionable con un límite máximo de 15.000 euros.

¿Cuáles son los gastos subvencionables que cubren dichas ayudas?

  1. En el caso de la línea de ayuda dirigida al emprendimiento para la creación de nuevos negocios turísticos:
    1. Gastos de constitución.
    1. Arrendamiento de locales de negocio (siempre que no sea parte de la vivienda familiar y no se contemple relación de parentesco hasta 2º grado de consanguinidad con la persona arrendadora).
    1. Gastos de puesta en marcha: estudios de viabilidad, registro de marcas, diseño de la imagen…
    1. Inversiones en activos fijos para la creación, puesta en marcha y crecimiento del negocio: obras, adquisición de mobiliario, equipamiento informático…

IMPORTANTE: Se excluye de la presente línea los proyectos cuyo gasto total subvencionable sea inferior a 10.000 euros netos.

  • En el caso de la línea de ayuda dirigida a la mejora de la competitividad de las empresas turísticas:
    • Gastos de implantación de soluciones tecnológicas: webs, portales informáticos de promoción de actividades, comercialización de productos y servicios online, facturación online, gestión de reservas…
    • Gastos de mejora de la conectividad inalámbrica a la red.
    • Gastos de incorporación de sistemas de gestión inteligente.
    • Gastos en obras y reformas del establecimiento del negocio.
    • Inversiones destinadas a la reducción del impacto de la actividad turística sobre el entorno: instalación de energías no contaminantes, instalaciones para la mejora de eficiencia energética, transporte y movilidad eficiente…
    • Y muchos más…

Todos los gastos anunciados en ambas líneas de ayudas deberán estar devengados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020.

¿Qué aspectos se tienen en cuenta para la concesión de dichas ayudas?

Si tu negocio es singular y novedoso respecto a otros del mismo sector, si genera productos y servicios turísticos innovadores fruto de sinergias con otros sectores y crea empleo estable y de calidad, tienes bastantes oportunidades para que se te conceda dicha ayuda.

¿Qué documentación debes presentar?

 Junto al formulario de solicitud, se deberá aportar la siguiente documentación:

  • Memoria explicativa de las actuaciones para las cuales se solicita la ayuda.
  • Plan de negocio (en el caso de solicitar la ayuda al emprendimiento).
  • Escrituras de constitución o contrato de constitución de la empresa (en el caso de solicitar la ayuda al emprendimiento, se deberá aportar dicha documentación en la fase de justificación de la ayuda).
  • Presupuestos y/o facturas de los gastos subvencionables.
  • Certificado histórico de Altas y Bajas en el IAE.
  • En su caso, documentación que acredite la sucesión familiar del negocio.
  • En su caso, documentación que acredite la transmisión empresarial.
  • En su caso, informe firmado por la autoridad correspondiente que acredite el cumplimiento de la normativa de accesibilidad vigente en la CAPV.

Documentación complementaria para la evaluación de los criterios:

  • Relación Nominal de Trabajadores del mes anterior a la solicitud.
  • Plan de formación de la empresa.
  • Certificados de la gestión de la calidad para el sector turístico.
  • Acreditación de pertenencia a una asociación empresarial de turismo de la CAPV.
  • Acreditación de la contratación de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
  • Contratos de trabajo.

¿Cuándo y cómo debes presentar la solicitud?

Las solicitudes podrán presentarse exclusivamente a través de medios electrónicos hasta el 5 de julio de 2020.

¿Cómo se debe justificar la ayuda en caso de que te la concedan?

La persona beneficiaria deberá justificar la concesión de la ayuda antes del 31 de enero de 2021. Para ello deberá presentar la siguiente documentación:

  • Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, indicando la actividad realizada y los resultados obtenidos.
  • Una memoria económica justificativa del coste de la actividad realizada.

¿Quién puede ayudarte a tramitar la ayuda y preparar toda la documentación?

¡Sin duda alguna nosotr@s!

Desde novaK estamos a tu disposición para resolver cualquier duda y ayudarte en la tramitación de presentación de dicha ayuda.

¡Contacta con nosotr@s y estaremos encantados de poder ayudarte!

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