Un año más, el Servicio Vasco de Empleo, Lanbide, vuelve a lanzar la convocatoria de ayudas a la contratación en Vitoria-Gasteiz, enmarcada en el IX Plan de Empleo 2021.
Si has contratado a alguien en este último año o tienes pensado hacerlo de caras al próximo 2022…
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¿QUÉ ACCIONES SON SUBVENCIONABLES?
La presente ayuda subvencionará los gastos de contratación de personas desempleadas, empadronadas en Vitoria-Gasteiz desde el día anterior a la contratación e inscritas como demandante de empleo en Lanbide desde esa misma fecha.
La duración mínima de los contratos subvencionados será de 3 meses a jornada completa o parcial (mínimo 50% de la jornada). Éstos podrán ser de cualquier modalidad excepto contratos de formación y aprendizaje. En cuanto al cómputo de la duración de los contratos, se tendrán en cuenta las prórrogas de los mismos, siempre y cuando el contrato inicial sea, como mínimo, de 3 meses.
Los contratos que se pueden acoger a esta ayuda deberán formalizarse entre el 1 de julio de 2021 y el 1 de marzo de 2022, asimismo, el periodo subvencionable se extenderá hasta el 31 de mayo de 2022 siendo la duración máxima de la subvención por contrato de 6 meses.
Cabe destacar que, no se concederá más de una subvención por la contratación de una misma persona.
ACCIONES NO SUBVENCIONABLES:
- Las contrataciones iniciales derivadas de una sucesión en la titularidad de la empresa o cambio en la forma jurídica de la misma.
- Las contrataciones de personas que tengan relación directa en cuanto al grado de parentesco del empresario/a, o de quienes ocupen cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las empresas.
- Las contrataciones que afecten a personas que tengan o hayan tenido durante el año previo a la contratación, participaciones en la empresa que solicite la ayuda.
- Los contratos de formación y aprendizaje.
- Los contratos en modalidad de fijo-discontinuo.
¿QUIÉN PUEDE BENEFICIARSE DE ESTA AYUDA?
Podrán beneficiarse de esta subvención cualquier empresa sita en Vitoria-Gasteiz, independientemente de su forma jurídica, que éste interesada en contratar a personal (o ya los haya contratado en el último año) y cumpla con los siguientes requisitos:
- No haber obtenido otras subvenciones por la contratación de la misma persona en convocatorias anteriores.
- Encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales y laborales, así como ante el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz y no estar sancionada ni penal ni administrativamente.
- En caso de las comunidades de bienes o sociedades civiles, todas y cada una de las personas que participen en ellas tendrán consideración de personas beneficiarias.
Esta subvención será incompatible con cualquier otra que sea otorgada por el mismo concepto o finalidad.
¿CUÁL ES EL IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN?
El importe de esta ayuda podrá alcanzar como máximo 6.000€/contrato a jornada completa de duración igual o superior a 6 meses. En caso de contrataciones a tiempo parcial, se calculará el importe de forma proporcional a lo anunciado.
La cuantía de la ayuda no podrá superar el 75% de los costes salariales (incluidas las indemnizaciones de fin de contrato y de Seguridad Social de la empresa).
En el caso de que la persona contratada sea perceptora de la RGI, menor de 35 años, mayor de 55 años y/o personas desempleadas de larga duración el importe máximo de la ayuda ascenderá a 9.000€ (en este caso, la cuantía de la ayuda no podrá ser superior al 100% de los costes salariales).
Asimismo, cuando las personas contratadas sean mujeres, el importe máximo de la ayuda aumentará en un 10%.
¿CUÁL ES EL IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN?
Se establecen tres plazos para presentar online (a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz) o presencialmente la solicitud a esta subvención:
- PRIMER PLAZO: Del 11 de diciembre de 2021 al 15 de febrero de 2022.
- SEGUNDO PLAZO: Del 16 de febrero de 2022 al 15 de abril de 2022.
- TERCER PLAZO: Del 16 de abril de 2022 al 10 de junio de 2022.
¿QUIÉN PUEDE AYUDARTE A TRAMITAR ESTA AYUDA?
NovaK es la respuesta a esta pregunta.
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