Nueva base máxima de cotización a la Seguridad Social en 2023 novaksolutions 18 de octubre de 2022
Nueva base máxima de cotización a la Seguridad Social en 2023

El pasado 04/10/2022 el Gobierno central aprobó el proyecto de Presupuestos Generales para 2023. Entre las principales novedades que se presentan en dichas cuentas públicas,  destaca el incremento del 8,6% de la base máxima de cotización pasando a ser de 4.139,40€/mes a 4.495,00€/mes.

Desde novaK publicamos el siguiente post para informaros principalmente de qué implica este cambio y a quién afecta.

¡TE INTERESA!

La medida del aumento de la base máxima de cotización es fruto de la apuesta del Gobierno en mejorar la sosteniblidad del sistema de público de pensiones.

El aumento de la base máxima de cotización supone un mayor importe de cotización a la Seguridad Social en la nómina de los/las trabajadores/as que coticen por la misma y, consecuentemente, una reducción del líquido a cobrar en sus nóminas. Esta medida afecta por otra parte a las empresas, viéndose incrementados sus costes laborales, siendo éstas quienes pagan la mayor parte de las cotizaciones a la Seguridad Social.

No obstante, esta medida no afecta a todas las empresas. De hecho, las únicas que se verán afectadas por este cambio serán aquellas que tengan empleados/as con salarios brutos mensuales iguales o superiores a 4.495€ aprox. (54.000,00€ brutos anuales aprox.), es decir, aquellos que coticen por la base máxima de cotización.

A continuación, se expone cómo quedaría la nueva tabla informativa sobre bases de cotización por contingencias comunes tras la modificación de la base máxima.

¿Cómo se obtiene el tipo de cotización a la Seguridad Social?

Los/las trabajadores/as por cuenta ajena cotizan a la Seguridad Social por varios conceptos en el momento de percibir su retribución salarial. No obstante la empresa cotiza por ellos/as la mayor parte.

En las siguientes tablas puede verse cómo se calcula el tipo de cotización aplicable a cada una de las partes. Cabe destacar que el tipo de cotización puede variar en función de distintas características relativas al tipo de contrato, las horas extras trabajadas así como características propias del empleado/a. Los datos expuestos en las tablas hacen referencia al tipo de cotización de un/a trabajador/a, con contrato indefinido que no realiza horas extraordinarias.

Algún ejemplo de cómo puede afectar la modificación de la base máxima…

CON LA BASE MÁXIMA DE COTIZACIÓN ACTUAL…

Supongamos que un/a trabajador/a con contrato indefinido a jornada completa tiene un salario bruto anual de 55.000€, en 12 pagas (4.583,33€/mes). Teniendo en cuenta que el trabajador dispone únicamente esta fuente de ingresos, la retención de IRPF que debe aplicarse es del 22% (1.008,33€).

Atendiendo a su cotización a la Seguridad Social, este trabajador cotizaría actualmente por la base máxima de cotización actual (4.139,40€) ya que su salario bruto mensual supera la misma. En este sentido, el importe de cotización a la Seguridad Social resultaría en 262,85€ por parte del trabajador y de 1.299,77€ por parte de la empresa.

Finalmente el salario neto mensual a recibir por el trabajador sería de 3.312,15€/mes (descontando la retención del IRPF y el importe de cotización a la Seguridad Social por parte del trabajador/a).

CON LA NUEVA BASE MÁXIMA DE COTIZACIÓN…

Siguiendo con el mismo supuesto descrito en el párrafo anterior, y atendiendo ahora a la nueva base máxima de cotización (4.495,00€), el/la trabajador/a debería cotizar por ésta ya que su salario bruto mensual (4.583,33€) supera dicha base máxima.

En este caso, el importe de cotización a la Seguridad Social resultaría en 285,43€ por parte del trabajador y de 1.411,43€ por parte de la empresa.

Finalmente el salario neto mensual a recibir por el trabajador sería de 3.289,57€/mes (descontando la retención del IRPF y el importe de cotización a la Seguridad Social por parte del trabajador/a).

ENLACES DE INTERÉS

 

Escribe tu comentario
Su dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados *