A finales de 2019 os anunciamos que el Gobierno Vasco junto a las Haciendas Forales estaban elaborando TicketBAI, un nuevo proyecto fiscal de implantación obligatoria basado en un sistema de control de ingresos de todas las empresas con domiciliadas en Euskadi.
Más tarde, con la publicación del post «Novedades TicketBAI» os informamos de los plazos previstos de implantación de dicho sistema.
Tras varias revisiones por parte de todos los actores e interesados de este proyecto los periodos de implantación voluntarios y obligatorios se han ido retrasando debido a varias circunstancias, y cada Hacienda Foral ha establecido los suyos propios. Más adelante en el post detallaremos cual es la situación actual por cada uno de los territorios.
Desde novaK, atendiendo a la gran relevancia de este asunto en las materias sobre las que trabajamos «FISCALIDAD» y «TECNOLOGÍA» y a su inminente entrada en vigor, hace tiempo que venimos trabajando para poder ofrecer a nuestros clientes soporte y ayuda en todo lo referente a este nuevo sistema. A continuación os resumimos toda la información:
- PORTAL novakticketbai.es ¡Todo lo que necesitas saber!
- INFORMACION TICKEBAI.
- ¿COMO PODEMOS AYUDARTE?.
- SOLUCIONES NOVAK
INFORMACIÓN TICKETBAI
¿QUÉ ES TICKEBAI?
TicketBAI es un proyecto común de las Haciendas Forales (Bizkaia, Gipuzkoa, Araba) y del Gobierno Vasco que permitirá a la Administración Tributaria el control de los ingresos de sus actividades económicas y, en especial, de aquellas actividades enmarcadas en sectores que realizan entregas de bienes o prestaciones de servicios a las y los consumidores finales, cobrados en gran medida en efectivo.
Fundamentalmente persigue 2 objetivos:
- La asistencia a los obligados tributarios en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias así como en la lucha contra el fraude fiscal .
- Establecer una serie de obligaciones legales y técnicas que permitan a la Administración Tributaria el control de los ingresos que se producen en todos los sectores de actividad.
En Bizkaia este proyecto se engloba dentro del proyecto BATUZ (estrategia de control de la tributación de todas las empresas y autónomos sujetos a la normativa de Bizkaia con independencia de su tamaño), que añade a TicketBAI la presentación de los libros de Registro de Operaciones Económicas mediante los modelos 140 y 240, y la futura preparación de borradores de declaraciones.
Para adaptarse a TicketBAI todas las empresas deberán disponer de un software de facturación (ERP, TPV, …) que cumpla con una serie de obligaciones legales y técnicas, y por lo tanto, que sea garante de este nuevo sistema.
A día de hoy, las Haciendas Forales de Bizkaia y Gipuzkoa ya han puesto a disposición de las empresas aplicaciones adaptadas a TicketBAI muy sencillas y para los casos más simples, ya que tiene ciertas limitaciones: «HAZ TU FACTURA» y «FACTURA BAI» respectivamente. Previsiblemente Álava también lo hará.
¿A QUIÉN AFECTA ESTE NUEVO SISTEMA?
A todas las empresas cuyo domicilio fiscal se encuentre en Euskadi; independientemente de la naturaleza social y/o jurídica (autónomo/a, Pyme o Gran empresa), (Persona física, SC, SL, SCOOP…), del sector de actividad en el que se halle y del nivel de facturación que tenga.
¿QUÉ TENGO QUE HACER?
Si ejerces una actividad y por lo tanto emites facturas, tendrás la obligación de adaptarte a este nuevo sistema en los plazos establecidos.
Para ello deberás realizar lo siguiente:
¿CUÁNDO ENTRA EN VIGOR?
Tal y como hemos avanzado al principio de este post, la implantación de TicketBAI se ha organizado desde las diferentes Haciendas Forales, estando actualmente definida de la siguiente forma:
BIZKAIA:
El pasado mes de diciembre de 2021, la Diputación Foral de Bizkaia, anunciaba a través de la Norma Foral 6/2021 , por la que se aprueban medidas para el impulso de la reactivación económica, para la incentivación de la aplicación voluntaria del sistema BATUZ y otras modificaciones tributarias, nuevos plazos de implantación tanto voluntaria como obligatoria del sistema BATUZ-TicketBAI.
Dicha normativa, ya aprobada, tiene dos objetivos principales: retrasar el periodo obligatorio de implantación al 1 de enero de 2024 y ampliar los beneficios fiscales en el cálculo de IRPF y Sociedades para autónomos, pymes y microempresas que adapten sus sistemas en periodo voluntario. Este periodo voluntario con incentivación fiscal se inicia el 1 de enero de 2022 y termina el 31 de diciembre de 2023 y los beneficios serán mayores cuanto antes pongas en marcha el sistema BATUZ. En el apartado de beneficios fiscales explicaremos en detalle cuáles son y cómo se calcularán dichos incentivos fiscales.
En esta última normativa se determinan también las condiciones de adhesión voluntaria a Batuz para 2022 y 2023 así como la compensación aplicable y se introducen ciertas modificaciones en diversos Reglamentos tributarios. Es decir, se determina cuando hay que darse de alta en el Registro para empezar a aplicar de forma voluntaria Batuz y las compensaciones que se aplicarían en cada caso. Como se ha expuesto anteriormente, en el apartado de beneficios fiscales del presente post, dispondréis de una información más ampliada.
GIPUZKOA:
Gipuzkoa inició el periodo de implantación voluntario el pasado mes de enero 2021.
No obstante, y como se ha anunciado recientemente, este periodo voluntario se ha retrasado 6 meses más, empezando, por lo tanto, el periodo obligatorio de forma progresiva a partir del 1 de julio de 2022. Se está trabajando actualmente en la Orden Foral que regula este cambio, pero las novedades principales serían:
- Se trabaja para establecer medidas para eximir de la obligación TicketBAI a aquellas personas que estarían próximas a la jubilación.
- Extiende en seis meses el periodo voluntario de TicketBAI a todos los colectivos. El nuevo calendario para cada colectivo será publicado en breve.
ÁLAVA:
Tras la publicación del Decreto Foral 48/2021, del Consejo del Gobierno Foral de 5 de octubre, como ya se había anticipado en el Proyecto de Decreto Foral de la Diputación de Álava anterior, la obligación de implantar TicketBAI para las y los contribuyentes de Álava se hará de forma gradual en función de la actividad empresarial, profesional o artística que ejerzan, según el siguiente calendario:
- El 1 de enero de 2022 será exigible para las y los contribuyentes que hayan optado voluntariamente por cumplir obligación TicketBAI.
- El 1 de abril de 2022 será exigible a las asesoras y asesores, que sean entidades colaboradoras de Diputación Foral de Álava.
- El 1 de julio de 2022 será exigible a las y los contribuyentes que ejerzan las actividades comprendidas en los siguiente epígrafes de IAE:
- En la sección 1ª (actividades empresariales), el epígrafe 652.1: comercio al por menor de medicamentos, productos sanitarios y de higiene personal.
- En la sección 2ª (actividades profesionales), a todos los epígrafes incluidos en la misma.
- El 1 de diciembre de 2022 será exigible al resto de contribuyentes que les resulte de aplicación la normativa tributaria del Territorio Histórico de Álava en Impuesto de Sociedades, Impuesto de la Renta de las Personas Físicas e Impuesto de la Renta de no Residentes que obtengan rentas a través de un establecimiento permanente.
En este caso, es conveniente revisar en que epígrafes estamos dados de alta, dado que dependiendo de si es actividad profesional o empresarial los periodos serían distintos.
Si ejerces más de una actividad, y la obligación de implantar TicketBAI empieza en una fecha distinta, la obligación será exigible para todas ellas cuando lo sea para la primera de las actividades.
¿EXISTEN BENEFICIOS FISCALES O AYUDAS?
BENEFICIOS FISCALES:
BIZKAIA:
Según la Norma Foral 6/2021 y la Normativa ya aprobada con anterioridad, existen los siguientes beneficios fiscales:
- Deducción en cuota del 30% en IRPF e Impuesto de Sociedades de los gastos en que se incurran para adaptar los sistemas informáticos a Batuz o de la adquisición del software, equipos y terminales, así como su implantación e instalación. Esta deducción ya se podría aplicar para los ejercicios 2021 y 2022, y con la Norma Foral 6/2021 se amplía el plazo hasta el 2023.
- Compensación en base en IRPF e Impuesto de Sociedades para autónomos, pymes y microempresas que decidan implantar el sistema BATUZ en periodo voluntario, periodo que comienza el 1 de enero de 2022 y termina el 31 de diciembre de 2023. La compensación será gradual en función del momento de la implantación y, en resumen, será de la siguiente forma:
¿Cuándo y cómo darse de alta para aplicar la compensación?
En la Norma Foral 6/2021 se explican las fechas concretas para inscribirse en el Registro y empezar a aplicar el proyecto Batuz de forma voluntaria. Los interesados deberán comunicarlo mediante la cumplimentación, a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia, del formulario que se ponga a su disposición a estos efectos.
La comunicación del ejercicio de la opción, que será irrevocable, tendrá efectos a partir del primer día del trimestre natural siguiente al del día en el que se presente, momento a partir del cual deberá darse cumplimiento efectivo a las obligaciones de Batuz.
- Primer plazo: 1 de octubre – 5 de diciembre
- Segundo Plazo: 1 de enero – 5 de marzo
- Tercer Plazo: 1 de abril – 5 de junio
- Cuarto Plazo: 1 de julio – 5 de septiembre
Aun así, existe un plazo excepcional para la comunicación de la opción por la aplicación voluntaria, ya que quienes deseen iniciar el cumplimiento voluntario de las obligaciones el primer día del periodo impositivo 2022 deberán comunicarlo entre la fecha de entrada en vigor de este Decreto Foral (todavía sin aprobar) y el 14 de enero de 2022.
¿Cómo se aplicarán dichas compensaciones?
- Impuesto de Sociedades: una vez obtenida la base imponible y antes de cualquier ajuste (incluido la compensación de microempresas), se aplica una reducción de la base en el % que corresponda aplicar. Si nos damos de alta o nos inscribimos en el registro que se habilitará antes del 1 de enero de 2022, el % será del 15, si por el contrario nos damos de alta en marzo de 2022, sería del 13%, y así sucesivamente.
- Impuesto de la renta de las personas físicas: de igual forma, una vez obtenida la base imponible y antes de cualquier ajuste (incluido el de gastos de difícil justificación en el caso de calculo según estimación directa simplificada) se aplica una reducción del % que corresponda según el momento de alta, como hemos explicado en el punto anterior.
GIPUZKOA Y ÁLAVA:
En Gipuzkoa, según la Norma Foral 3/2020, y en Álava según la Norma Foral 13/2021, de 21 de abril, los beneficios fiscales serían los siguientes:
- Deducción en cuota del 30% del importe de las inversiones y de los gastos realizados con la implantación del sistema TicketBAI en los años 2020, 2021, 2022 y 2023:
- Adquisición de equipos y terminales, con sus software y periféricos asociados, así como su implantación e instalación.
- Adquisición, suscripción, entrega, actualización o renovación del software necesario para dar cumplimiento a las obligaciones relacionadas con los ficheros que documenten las entregas de bienes y prestaciones de servicios
- Adquisición del software de firma electrónica necesario, así como su implantación e instalación.
La base de deducción no podrá ser superior en ningún caso a 5.000 euros o el 1% del importe neto de la cifra de negocios correspondiente al último periodo impositivo finalizado en el año 2019, y si has iniciado actividad con posterioridad, se toma el periodo impositivo de inicio de actividad. Si el 1% del importe neto de la cifra de negocios es menor a 500 euros, la base de la deducción será 500 euros.
L@s contribuyentes que tengan derecho a la aplicación de la deducción y que anticipen de forma voluntaria el cumplimiento de la obligación TicketBAI podrán aplicar una deducción que aumenta hasta el 60%. Además, el límite de 500 euros del 1% de la cifra de negocios, se amplía a 1.500 euros. Tanto en Álava como en Gipuzkoa el periodo voluntario finaliza el mes anterior a la fecha de implantación obligatoria según tu epígrafe del IAE tal y como hemos explicado anteriormente. Por ejemplo, si tu obligación comienza el 1 de mayo, tienes hasta el 1 de febrero para llevar a cabo la inversión y beneficiarte de las deducciones ampliadas.
A continuación, vemos un ejemplo de cálculo de dicha deducción:
AYUDAS:
Existen diferentes ayudas y subvenciones dirigidas a fomentar la Transformación Digital en el entorno empresarial. En nuestro post «Índice de ayudas y subvenciones para empresas (Pymes y Autónomos/as)» podrás consultar las ayudas que mejor se adapten a tus necesidades.
CERTIFICADOS DIGITALES GRATUITOS
Durante el 2021, los certificados digitales de IZENPE, de dispositivo y autónomos/as se emitirán a coste 0. Más info: IZENPE.
¿CÓMO PODEMOS AYUDARTE?
Desde novaK, tal y como anuncia SPRI en su blog (acceder al post), estamos realizando importantes esfuerzos para garantizar una transición óptima de todos nuestros clientes hacia este nuevo sistema, convirtiéndonos en sus mejores aliados en el proceso.
Consideramos este cambio normativo como una oportunidad para digitalizar y profesionalizar la gestión de autónomos y pymes, que permita mejorar en la analítica y el control de la gestión económico financiera. Por ello estamos acompañando a tod@s nuestros clientes en el proceso de adaptación a este nuevo sistema.
En este proceso diferenciamos dos casos:
ADAPTACIÓN DEL SOFTWARE ACTUAL:
Si el software que utilizas actualmente es «garante» de TicketBAI, te ayudaremos en el proceso de comprensión y adaptación de tu software actual a la nueva normativa.
IMPLANTACIÓN DEL SOFTWARE GARANTE:
En el caso de que el software que utilices no se adapte a este nuevo sistema, o bien, en el caso de que no utilices ningún software, te ayudaremos a encontrar e implantar la solución que mejor se adapte a tus necesidades, por supuesto, adaptada a TicketBAI. ¿Cómo?
A) ANÁLISIS DE SOFTWARES GARANTES
Analizamos continuamente las opciones de softwares garantes que existen en el mercado, y podemos asesorarte sobre cuales se adaptan mejor a tus necesidades y realidad empresarial.
B) ACUERDOS CON PARTNERS TECNOLÓGICOS
Hemos alcanzado acuerdos con diferentes proveedores de software de gestión garantes de TicketBai con dos objetivos:
1. Poder ofrecer a nuestros clientes soluciones adaptadas a su negocio y necesidades.
2. Conseguir condiciones especiales en la contratación exclusivas para nuestros clientes.
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ERP novaK
ERP NOVAK, es un software de gestión empresarial construido sobre el suite de aplicaciones de ODOO (referente internacional en software de gestión), con todo lo necesario para alcanzar un efectivo control del negocio.
Una plataforma a través de la cual podremos gestionar de forma inteligente las diferentes áreas de gestión de la empresa: compras, ventas, facturación, gestión de oportunidades (CRM), gestión de proyectos, contactos, calendario, gestión documental…
Diseñado por y para las pymes, y con una enorme capacidad de crecimiento, adaptación y personalización a cada empresa y evolución según la realidad de cada organización.
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BILLIN: SOFTWARE DE FACTURACIÓN GARANTE DE TICKETBAI
Hemos alcanzado un acuerdo con Billin, proveedor de software de facturación online GARANTE DE TICKETBAI. Mediante este acuerdo Billin pasa a formar parte de nuestra red de partners tecnológicos. Dicho acuerdo repercutirá en condiciones especiales para nuestros/as clientes en la contratación del software de facturación «Billin».
Para más información consulta nuestro post: «Billin, nuestro nuevo partner tecnológico. Software de facturación garante de TICKETBAI».
¿Necesitas ayuda en la transición a TICKEBAI? ¡Consúltanos!, estamos a tu disposición…
ENLACES DE INTERÉS:
- PORTAL novak INFO TICKETBAI
- HACIENDA FORAL ALAVESA: TicketBAI.
- HACIENDA FORAL BIZKAIA: Batuz.
- HACIENDA FORAL GIPUZKOA: TicketBAI.
- BOTHA: Norma Foral 13/2021, de 21 de abril, por la que se establece la obligación de utilizar herramientas tecnológicas
- BOTHA: Decreto Foral 48/2021, del Consejo del Gobierno Foral de 5 de octubre. Aprobar el Reglamento por el que se desarrolla la obligación TicketBAI
- BLOG SPRI: «Novak se prepara para ofrecer a las pymes vascas soporte en la implantación de TicketBAI»