La Diputación Foral de Álava ha aprobado el conjunto de medidas de afección tributaria englobadas en la Norma Foral 24/2022, de 23 de diciembre, de medidas tributarias para 2023. Esta normativa tiene por objetivo final mejorar el sistema tributario foral actual y reforzarlo para luchar contra el fraude fiscal, fomentar la economía circular y la propia actividad económica. A su vez, las Diputaciones Forales de Gipuzkoa y Bizkaia también han anunciado sus nuevas medidas fiscales aplicables a dichos territorios.
Desde el Área Económica de novaK, publicamos el presente post resumiendo la normativa del territorio histórico de Álava, haciendo referencia especialmente a aquellas medidas que inciden sobre el Impuesto a la Renta de Personas Físicas (IRPF) y el Impuesto de Sociedades (IS).
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Deflactación de la tarifa IRPF
Tal y como os adelantamos en el post «Nuevas medidas laborales 2023», con fecha de efectos 01/01/2023, las diferentes Haciendas han actualizado la tarifa del IRPF mediante una nueva deflactación. Las nuevas retenciones IRPF pueden consultarse en los siguientes enlaces: Deflactación de la tarifa IRPF y actualización de las deducciones personales y familiares.
- Tablas de retenciones IRPF 2023 – Hacienda Foral de Álava.
- Tablas de retenciones IRPF 2023 – Hacienda Foral de Bizkaia.
- Tablas de retenciones IRPF 2023 – Hacienda Foral de Gipuzkoa.
- Calculadora de retenciones IRPF 2023 – Hacienda Foral de Navarra .
- Calculadoras de retenciones IRPF 2023 – Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
ÁLAVA
MEDIDAS TRIBUTARIAS INFLUYENTES SOBRE EL IRPF
Deducción por inversiones para el suministro de energía solar en vivienda habitual
Todos/as los/las contribuyentes que hayan realizado desde el 1 de enero de 2022 inversiones dirigidas a dotar sus viviendas habituales de suministro de energía eléctrica solar, ya sea vía adquisición de equipos aptos para la producción de energía solar fotovoltaica o, a través de participaciones en entidades de producción de este tipo de energía renovable, podrán aplicarse una deducción del 15%.
Dicha medida supone una ampliación y mejora respecto a la deducción ya existente, puesto que se incrementa en un 5% el importe de la misma y se elimina el requisito de residir en municipios de menos de 4.000 habitantes para poder aplicarla, pasando a ser ahora una deducción de aplicación general.
La suma de los importes deducidos por cada contribuyente, a lo largo de los sucesivos períodos impositivos, no podrá superar la cifra de 3.000,00 euros.
Mantenimiento de la compensación por gastos de difícil justificación
Para la determinación del rendimiento neto en la modalidad simplificada del método de estimación directa, el porcentaje deducible para la compensación de gastos de difícil justificación será del 15% exclusivamente para el ejercicio impositivo de 2023 (al igual que en el ejercicio 2022).
En el caso de las actividades de elaboradores de vino y a las actividades agrícolas, ganaderas o pesqueras, así como en las actividades de transporte por carretera, el porcentaje de minoración en concepto de provisiones, amortizaciones y gastos de difícil justificación será también exclusivamente en el 2023 del 70%.
Exención de los ingresos por subvenciones relacionadas con la afección COVID-19
La exención de los ingresos recibidos a cargo de convocatorias de subvenciones extraordinarias otorgadas por las Administraciones públicas a autónomos/as como consecuencia de la suspensión, paralización o grave afectación de su actividad a causa de las medidas adoptadas por las autoridades competentes en relación a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 seguirán estando exentas durante el ejercicio 2023.
Nueva deducción por instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos.
El conjunto de medidas fiscales aprobadas incluye una nueva deducción por instalaciones de puntos de recarga de vehículos eléctricos de uso particular en fincas o garajes comunitarios. Dicha deducción será del 15% de las cantidades satisfechas para la instalación de la infraestructura de recarga, estableciéndose un límite máximo de 15.000,00€ en las inversiones realizadas para tal fin (excluidas las ayudas exentas percibidas para subvencionar este tipo de proyectos).
Cabe destacar que, las obras de instalación de los puntos de recarga deben iniciarse entre el 01/01/2023 y el 31/12/2023, y estar finalizadas antes del 31/03/2024, incluyéndose únicamente en la base de deducción los pagos realizados hasta esta fecha.
Nueva deducción por participación de personas trabajadoras en su entidad empleadora.
Se establece una nueva deducción del 15%, para hombres, y del 20%, para mujeres, aplicable por la participación de las personas trabajadoras en las empresas en las que estén contratadas con participación efectiva en la toma de decisiones. Esta deducción se aplicará sobre las cantidades satisfechas en el período impositivo destinadas a la adquisición o suscripción de acciones o participaciones de la entidad en la que prestan sus servicios como personas trabajadoras o de cualquiera del grupo al que pertenece la entidad en la que prestan sus servicios como tales.
En este sentido, la participación máxima de cada persona trabajadora en la empresa será del 40%. Para poder optar a esta deducción , las personas trabajadoras deberán haber trabajado en su entidad empleadora un mínimo de dos años en los cinco años anteriores a su participación.
Nueva deducción por continuidad en el desarrollo de la actividad económica.
Otra de las nuevas deducciones que comprende el paquete de medidas fiscales está vinculada al mantenimiento de la actividad económica, se trata de una deducción de 800,00€ para hombres y de 1.000,00€ para mujeres que se aplicará a contribuyentes que a la fecha de devengo del IRPF lleven más de un año y menos de dos años desarrollando la misma actividad económica. Asimismo, los beneficiarios de dicha deducción deberán mantener la actividad económica como mínimo durante 5 años contados desde el inicio de la misma.
Modificación exención por la ganancia patrimonial en transmisiones de acciones o participaciones.
Cuando el contribuyente transmita acciones o participaciones en entidades por cuya adquisición pudiera aplicar la deducción por inversión en microempresas, pequeñas o medianas empresas de nueva o reciente creación, innovadoras o vinculadas con la economía plateada, la ganancia patrimonial quedará exenta en el 50% si se cumplen los requisitos de la norma. La modificación realizada es que si dicha ganancia patrimonial se reinvierte en la adquisición de otras acciones o participaciones que cumplan los requisitos de la normativa en un periodo no superior a dos años desde la fecha de transmisión, la exención alcanzará el 100%.
Actualización de las deducciones personales y familiares.
Por otra parte, la Hacienda Foral de Álava ha actualizado las diferentes deducciones personales y familiares (por descendientes, ascendientes, contratación de asistentes personales, discapacidad…) adaptándolas así a la situación económica actual.
Además de las deducciones, se modifican los importes de las siguientes cuestiones:
- La reducción por tributación conjunta.
- La minoración general de cuota.
- Minoración por residencia en núcleos o zonas en riesgo de despoblación.
- Minoración extraordinaria.
MEDIDAS TRIBUTARIAS INFLUYENTES SOBRE EL IMPUESTO DE SOCIEDADES (IS)
Modificación de la deducción por financiación de proyectos de I+D+i (64 bis)
Con fecha de efectos de 01/01/2022 se flexibilizan los criterios para que las empresas puedan aplicarse la deducción por financiación de proyectos de I+D+i. Esta flexibilización de requisitos se implanta en la normativa fiscal a través de medidas relacionadas con los plazos de firma del contrato de financiación y posibles modificaciones de los mismos cuando concurran circunstancias técnicas o económicas sobrevenidas que impliquen reajustes en calendarios de pagos y de gastos e inversiones.
Compensación de las bases negativas
Exclusivamente para el periodo impositivo del ejercicio 2022, las microempresas, pequeñas y medianas empresas, podrán compensar sus bases imponibles negativas generadas en ejercicios anteriores sin limitación.
Compensación tributaria
En este caso, exclusivamente para el periodo impositivo del ejercicio 2023, el porcentaje correspondiente a la compensación tributaria por las dificultados inherentes a su dimensión previsto para las microempresas será del 15%, al igual que en el ejercicio 2022.
Otras modificaciones
Las modificaciones siguientes tendrán efecto a partir de del 1 de enero de 2023:
En primer lugar, se han llevado a cabo modificaciones en las reglas aplicables para determinar si una sociedad tiene la consideración de sociedad patrimonial.
Se incluyen ampliaciones en la deducción por actividades de investigación y desarrollo, entre las cuales, se establece que el porcentaje aplicable a los gastos efectuados en el período impositivo por este concepto será del 35% si dichos gastos tienen como único objeto una o varias de las actividades de reutilización de bienes y productos y/o reciclaje.
En último lugar, los contribuyentes que doten la reserva especial para el fomento del emprendimiento y el reforzamiento de la actividad productiva podrán reducir su base imponible en el 65% del importe de su resultado contable positivo.
GIPUZKOA
A continuación, resumimos brevemente las principales medidas en materia tributaria aprobadas en la Norma Foral 1/2023 de 17 de enero, en relación al IRPF e Impuesto de Sociedades en el territorio histórico de Gipuzkoa:
MEDIDAS TRIBUTARIAS INFLUYENTES SOBRE EL IRPF
Con carácter exclusivo para el ejercicio 2022 se prorrogan los porcentajes de minoración por gastos deducibles para la determinación del rendimiento neto en la modalidad simplificada del método de estimación directa, que será con carácter general del 15%.
A diferencia de Alava, se diferencia el % para las actividades agrícolas y ganaderas con las de transporte de mercancías por carretera.
Con efectos 1 de enero de 2023:
- Se flexibilizan los requisitos contemplados en la deducción por la participación de trabajadores en entidad empleadora o por la constitución de entidades por los trabajadores
- Se introducen ciertos matices en relación a la deducción por inversiones para el suministro de energía solar en la vivienda habitual
Con efectos 1 de enero de 2021, los importes percibidos en concepto de prestación por cese de actividad, reguladas en determinadas disposiciones, se consideran rendimientos de actividades económicas.
MEDIDAS TRIBUTARIAS INFLUYENTES SOBRE EL IMPUESTO DE SOCIEDADES
Exclusivamente para el ejercicio 2022 se mantiene el aumento al 15% la minoración de la base imponible prevista para microempresas en concepto de compensación tributaria por las dificultades inherentes a su dimensión.
Con efectos 1 de enero de 2023:
- Respecto al artículo 64Bis (deducción por financiación de proyectos de I+D+i), existe mayor flexibilización en cuanto al plazo extraordinario de formalización del contrato y los supuestos en los que se permite modificar el mismo, previa comunicación a la Administración tributaria.
- En relación con las sociedades patrimoniales se incorpora de forma expresa la fórmula de cálculo de los valores y activos no afectos a actividades económicas en relación con el activo total, entre otras cuestiones.
BIZKAIA
En cuanto a Bizkaia, la última Norma publicada de medidas tributarias, ha sido la Norma Foral 10/2022, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Bizkaia para el año 2023, que aprueba las siguientes modificaciones en cuanto los dos impuestos:
MEDIDAS TRIBUTARIAS INFLUYENTES SOBRE EL IRPF
- A partir de 1 de enero de 2023, se actualiza la reducción por tributación conjunta, la escala de gravamen aplicable sobre la base liquidable general, la minoración de cuota, las deducciones personales y familiares, y se incorporan con carácter permanente a la norma los límites a la obligación de declarar aplicados los últimos años.
- Para 2023, se aprueba una minoración de cuota adicional para paliar los efectos derivados del alza de precios similar a la aprobada para 2022, de hasta 200 euros por autoliquidación para bases imponibles generales inferiores a 35.000 euros.
- Para el período impositivo 2023, se establece que el porcentaje deducible en concepto de gastos de difícil justificación, para la determinación del rendimiento neto en la modalidad simplificada del método de estimación directa, será:
- Con carácter general: 15%,
- Del 70% para las actividades agrícolas y ganaderas y para actividades de transporte de mercancías por carretera.
MEDIDAS TRIBUTARIAS INFLUYENTES SOBRE EL IMPUESTO DE SOCIEDADES
En el Impuesto sobre Sociedades, con vigencia exclusiva para los períodos impositivos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023, el porcentaje del 10% correspondiente a la compensación tributaria por las dificultades inherentes a su dimensión, previsto para microempresas, será del 15%.
AEAT
MEDIDAS TRIBUTARIAS INFLUYENTES SOBRE EL IRPF
Los Presupuestos Generales del Estado de 2023 aprueban diferentes medidas fiscales, y entre las principales novedades en el IRPF destacamos las siguientes:
- Obligación de declarar:
- El umbral mínimo para declarar en el caso de percibir rendimientos íntegros de trabajo de más de un pagador (entre otras cuestiones) se eleva a 15.000 euros.
- Estarán obligadas a declarar todas aquellas personas físicas que en cualquier momento del periodo impositivo hubieras estado de alta como trabajadores por cuenta propia.
- Retenciones para 2023 sobre rendimientos del trabajo y los procedentes de la propiedad intelectual y en el ámbito de los artistas:
- En el caso de tener rendimientos procedentes de la cesión de derechos de autor o propiedad intelectual, que en el ejercicio anterior no hayan superado los 15.000 euros anuales y representan más del 75% de los rendimientos de trabajo y/o actividades económicas, el tipo de retención será del 7%, y no del 15% como venía siendo hasta ahora.
- Se elevan las cuantías de los rendimientos del trabajo a partir de las cuales de practica retención e ingreso a cuenta, en función de la situación del contribuyente.
- Se modifican medidas tributarias para dar cumplimiento a las medidas contenidas en el Estatuto del Artista en materia de retenciones, a fin de reducir los tipos de retención de dicho colectivo.
- Minoración de los rendimientos del trabajo: Se modifican de manera indefinida las cuantías que minoran el rendimiento neto de trabajo.
- Modificación de la escala de gravamen del ahorro:
- Se modifican los tipos aplicables al tramo estatal y autonómico de la base imponible del ahorro (se añaden dos tramos más).
- También se modifican los tipos para los contribuyentes que tuviesen su residencia habitual en el extranjero y los correspondientes a los trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados a territorio español.
- Se amplía la deducción por maternidad y el régimen aplicable a las solicitudes de abono anticipado previas a 31/12/2022.
- Se modifican ciertos aspectos de la reducción en la base imponible por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social.
- Se implementan mejoras en la deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación.
- En el régimen de estimación objetiva, el rendimiento neto de módulos obtenido en 2023 se podrá reducir en un 10%.
- La reducción por gastos de difícil justificación en estimación directa simplificada será del 7% para el 2023.
- Se mejora del régimen especial para trabajadores desplazados a territorio español.
MEDIDAS TRIBUTARIAS INFLUYENTES SOBRE EL IMPUESTO DE SOCIEDADES
En cuanto al impuesto de sociedades destacamos las siguientes:
- A partir del 1 de enero de 2023 y con vigencia indefinida, se establece un nuevo tipo de gravamen reducido del 23% para las pequeñas empresas. Estas empresas serán las que que en el periodo impositivo anterior su importe neto de la cifra de negocios sea inferior a 1 millón de euros y no se consideren sociedades patrimoniales (en conformidad con el artículo 5 de la Ley del IS).
- Se establece una amortización acelerada para determinados vehículos a partir del 1 de enero de 2023.
- Se introducen cambios en las deducciones por inversiones en producciones cinematográficas, series y espectáculos.
- Para periodos impositivos que se inicien en 2023 y con efectos en otros posteriores, se introduce una nueva medida temporal en la determinación de la base imponible en el régimen de consolidación fiscal.
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ENLACES DE INTERÉS
- DFA: Norma Foral 24/2022, de 23 de diciembre, de medidas tributarias para 2023.
- DFG: Norma Foral 1/2023, de 17 de enero, por la que se aprueban determinadas modificaciones tributarias para el año 2023.
- DFB: Norma Foral 10/2022, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Bizkaia para el año 2023
- BOE: Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.