Un año más, la Diputación Foral de Álava ha vuelto a convocar el programa de ayudas dirigido a subvencionar inversiones en materia de digitalización y acciones de mejora del sector comercial alavés.
Desde novaK, os resumimos todo lo que debéis saber acerca de esta nueva convocatoria en el siguiente post.
¡ES INTERESANTE!
¿Quiénes pueden beneficiarse de estas ayudas?
Las nuevas ayudas de la DFA están dirigidas a pymes y autónomos cuya actividad económica esté enmarcada en el sector comercial minorista. Asimismo, éstas deberán cumplir los siguientes requisitos:
- En el caso de trabajadores/as autónomos/as: tener como máximo 8 personas empleadas.
- En el caso de Sociedades Civiles o Comunidades de Bienes: estar formadas por un máximo de 9 autónomos/as.
- En el caso de Sociedades Mercantiles: estar formada por un máximo de 9 trabajadores que coticen en el RETA o en el Régimen General.
OTROS REQUISITOS A CUMPLIR:
- Estar dada de alta en alguno de los siguientes grupos del IAE:
- Agrupación 64: Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco realizado en establecimientos permanentes (excepto grupos 646.3, 646.4, 646.5, 646.6 y 647.5).
- Agrupación 65: Comercio al por menor de productos industriales no alimenticios, realizados en establecimientos permanentes (excepto grupos 654 y 655).
- Grupo 662: Comercio mixto o integrado al por menor.
- Agrupación 97: Servicios personales (excepto grupo 974).
- Grupo 755: Agencias de viajes.
- Agrupación 86: Profesiones liberales, artísticas y literarias.
- Disponer de al menos de un punto de venta y/o servicio físico en bajos comerciales ubicados en municipios de Álava (también podrán ubicarse en mercados de abastos y galerías comerciales).
- Tener domiciliada fiscal y socialmente la actividad en el Territorio Histórico de Álava.
¿Qué gastos se subvencionan?
La presente ayuda va dirigida a cubrir el coste de inversión de las siguientes acciones subvencionables realizadas entre el 01/11/2022 y el 31/10/2023 por un importe mínimo de 400,00€:
A) INVERSIONES RELACIONADAS CON LA MEJORA TECNOLÓGICA Y DIGITALIZACIÓN:
- Aplicaciones informáticas de gestión empresarial (software).
- Adquisición de equipos informáticos y periféricos.
- Asesoramiento en relación a mejoras tecnológicas.
- Diseño y creación de páginas web.
B) INVERSIONES RELACIONADAS CON LA ADQUISICIÓN DEL EQUIPAMIENTO FÍSICO DEL LOCAL:
- Obras de acondicionamiento de locales.
- Mobiliario y/o equipamientos/instalaciones necesarias para el desarrollo de la actividad.
- Rótulos, toldos y persianas.
- Registro de marcas.
- Servicios externos y/o de consultoría especializada.
- Diseño y dearrollo de imagen corporativa.
- Obras que faciliten accesos desde el exterior.
- Paneles y/o soportes que faciliten la orientación visual, auditiva o táctil.
- Información de servicios en braille y/o visualmente adaptadas.
¿Cuáles son las cuantías de esta ayuda?
Se subvencionará el 50% del presupuesto presentado aceptado, estableciéndose como máximo una cuantía de ayuda de 4.500€ por empresa beneficiaria.
No obstante, para poder optar a esta ayuda, el importe mínimo de los gastos subvencionables deberá alcanzar los 400,00€.
¿Cuándo y donde se puede presentar la solicitud?
Las solicitudes podrán presentarse telemáticamente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Álava.
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 23/02/2023 y finalizará el próximo 31/03/2023.
¿Cuáles son los criterios por los que se rige la concesión de estas ayudas?
Las ayudas se resolverán en función de la puntuación que consiga cada solicitud en un proceso de valoración regido por los siguientes criterios:
A) Número de habitantes del ayuntamiento donde se ubica el establecimiento:
- Menos o igual que 8.000 habitantes: 50 puntos.
- Entre 8.001 y 100.000 habitantes: 30 puntos.
- Más de 100.000 habitantes: 10 puntos.
B) Tipo de inversión presentada:
- Inversiones relacionadas con la INVERSIONES RELACIONADAS CON LA MEJORA TECNOLÓGICA: 30 ptos.
- Inversiones relacionadas con la INVERSIONES RELACIONADAS CON EL EQUIPAMIENTO FÍSICO DEL LOCAL Y LA ACCESIBILIDAD: 15 ptos.
C) Tamaño de plantilla media de personas trabajadoras (autónomas y empleadas) de la entidad solicitante:
- Menor o igual a 1 trabajador/a: 10 puntos.
- Mayor a 1 y menor o igual a 2 trabajadores/as: 9 puntos.
- Mayor a 2 y menor o igual a 3 trabajadores/as: 8 puntos.
- Mayor a 3 y menor o igual a 4 trabajadores/as: 7 puntos.
- Mayor a 4 y menor o igual a 5 trabajadores/as: 6 puntos.
- Mayor a 5 y menor o igual a 6 trabajadores/as: 5 puntos.
- Mayor a 6 y menor o igual a 7 trabajadores/as: 4 puntos.
- Mayor a 7 y menor o igual a 8 trabajadores/as: 3 puntos.
- Mayor a 8 y menor o igual a 9 trabajadores/as: 2 puntos.
D) Inclusión en la solicitud desde un primer momento de toda la documentación necesaria para su análisis:
- Solicitudes presentadas de forma completa en el momento de la solicitud: 10 puntos.
- Solicitudes presentadas de forma completa tras un primer requerimiento de documentación: 5 puntos.
- Resto de solicitudes presentadas: 0 puntos.
¿QUIÉN PUEDE AYUDARTE A TRAMITAR ESTA AYUDA?
NovaK es la respuesta a esta pregunta.
Si tienes cualquier duda sobre el tema tratado en este post,
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