AYUDAS DE APOYO AL EMPLEO PARA EMPRESAS DE MENOS DE 50 TRABAJADORES/AS (actualizado). adminnovak 6 de noviembre de 2020
AYUDAS DE APOYO AL EMPLEO PARA EMPRESAS DE MENOS DE 50 TRABAJADORES/AS (actualizado).

El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz ha publicado hoy una nueva línea de ayudas para el empleo en empresas de menos de 50 empleados. Os resumimos  a continuación las principales consideraciones de la ayuda.

¿QUÉ EMPRESAS PUEDEN BENEFICIARSE?

Empresas cualesquiera que sea su forma jurídica (persona física, SC, SL, SCOOP, CB,…) que cumplan los siguientes requisitos:

  • Desarrollar su actividad económica en un centro de trabajo sito en el término municipal de Vitoria-Gasteiz, y tener su sede social en el término municipal de Vitoria-Gasteiz.
  • Que tengan un máximo de 50 personas contratadas a la fecha de declaración del estado de alarma (14 de marzo de 2020).
  • Que acrediten su afección por la crisis derivada del impacto del COVID-19, mediante alguna de las siguientes causas:
    • Por el cierre de establecimiento decretado en el RD 465/2020 de 17 de marzo que modifica el artículo 10 del RD 463/2020 de 14 de marzo.
    • Por haber sufrido una reducción en la facturación de al menos un 50 por ciento en abril del 2020 respecto a la facturación media mensual del 2019. Cuando la empresa o autónomo/a solicitante lleve de alta menos de 1 año la comparativa para la acreditación de la reducción de ingresos se llevará a cabo teniendo en cuenta el promedio facturado en el período de actividad anterior a la declaración del estado de alarma. En el caso de autónomos/as esta caída se podrá acreditar a través del reconocimiento de la prestación extraordinaria, determinada en el artículo 17 del RD Ley 8/2020 de 17 de marzo. En cualquier otro caso, mediante libros contables, declaración fiscal o reconocimiento de ERTE.
  • Los sueldos, así como el resto de condiciones laborales, de los contratos objeto de subvención deberán ser iguales o superiores a los existentes antes del 14 de marzo de 2020.
  • En el momento de presentación de la solicitud, la empresa solicitante no se tiene que encontrar en situación de ERTE.
  • Encontrarse al día en sus obligaciones fiscales y laborales, así como ante el Ayunta-miento de Vitoria-Gasteiz, y no estar sancionada ni penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni estar incursa en prohibición legal alguna.

¿QUE ACCIONES SON SUBVENCIONABLES?

Se proponen 2 TIPOS DE AYUDAS:

  • TIPO 1: Por mantenimiento de contratos anteriores al 14 de marzo de 2020, en las mismas condiciones laborales, al menos, 6 meses después del 21 de junio de 2020. En caso de que el contrato hubiera estado suspendido, se añadirá a dicho período el de la suspensión.
  • TIPO 2: Por conversión de contratos temporales en indefinidos, después del 14 de marzo de 2020. En caso de que el contrato hubiera estado suspendido, se añadirá a dicho período el de la suspensión. El contrato indefinido deberá mantenerse al menos 12 meses.

En ambos tipos, únicamente serán subvencionables los contratos con una jornada, como mínimo, al 50 por ciento.

¿PLAZO DE SOLICITUD?

DESDE EL 17/10/2020 HASTA EL 01/03/2021

¿COMO SE VALORAN LAS SOLICITUDES?

La presente ayuda se tramitará por el procedimiento de concurrencia competitiva con arreglo a los siguientes criterios:
AYUDA TIPO 1:

AYUDA TIPO 2:

¿CUANTÍA DE LA AYUDA?

TIPO 1: 1.500,00 euros por contrato mantenido a jornada completa. Límite de dos ayudas por em-presa.
TIPO 2: 4.000,00€ por contrato temporal convertido en indefinido a jornada completa. Límite de una ayuda por empresa
Para ambos tipos:

  • En el caso de jornadas parciales la ayuda será proporcional a la jornada.
  • La jornada mínima subvencionable será del 50 por ciento.

¿NECESITAS AYUDA PARA LA TRAMITACIÓN?

Si eres cliente de novaK, no te preocupes,  tu asesor ya está valorando si puedes acogerte a la ayuda y en tal caso, te llamará rápidamente para poner en marcha la solicitud.
En otro caso desde novaK quedamos a tu entera disposición para valorar vuestro caso concreto y en caso de cumplir los requisitos ayudaros con la tramitación.

¡Contacta con nosotr@s y estaremos encantados de poder ayudarte!

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