El Gobierno Vasco inaugura el mes de marzo lanzando una nueva convocatoria de ayudas dirigidas al comercio minorista vasco de equipamiento personal (prendas de vestir, calzado y artículos de cuero) dotada de 15.800.000€.
Si crees que eres un/a candidato/a para ser beneficiario/a de dicha ayuda…
¡ESTE POST ES PARA TI!
¿QUIÉN PUEDE OPTAR A ESTAS NUEVAS AYUDAS?
Cualquier persona autónoma, comunidad de bienes, sociedad civil, microempresa o pequeña empresa de comercio minorista, domiciliada social y fiscalmente en la CAPV a fecha de 15 de febrero de 2021, cuya actividad se encuentre enmarcada en alguno de los siguientes grupos CNAE:
a) CNAE 47.71: Comercio al por menor de prendas de vestir en establecimientos especializados.
b) CNAE 47.72: Comercio al por menor de calzado y artículos de cuero en establecimientos especializados.
La entidad/persona solicitante deberá estar dada de alta en el IAE correspondiente, y además, en caso de ser autónoma, también en el RETA; todo esto a fecha de 15/02/2021.
Por otra parte, el/la solicitante deberá estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Seguridad Social y no estar sancionada ni penal ni administrativamente con la perdida de obtención de ayudas y subvenciones.
Todos estos requisitos deberán mantenerse al menos durante los cuatro meses posteriores al día siguiente de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de dicha ayuda.
¿QUÉ IMPORTE SE CONCEDE EN ESTAS AYUDAS?
La cuantía de dichas ayudas dependerá del número de personas trabajadoras dadas de alta en el establecimiento a fecha de 15/02/2021. En el cómputo de personas trabajadoras se incluirán tanto las asalariadas como las autónomas.
- Establecimientos con 1-9 personas trabajadoras: 4.000€.
- Establecimientos con 10 o más personas trabajadoras: 4.500€.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
Las solicitudes podrán presentarse telemáticamente a través de la sede electrónica del Gobierno Vasco desde el próximo 9 de marzo de 2021 hasta el 30 de marzo del mismo año.
DOCUMENTACIÓN NECESARIA:
Junto a la solicitud presentada se deberá incluir la siguiente documentación:
1. Una declaración responsable (la propia solicitud) en la que se informe de lo siguiente:
- Datos relativos al / a la solicitante: personalidad jurídica/física, datos identificativos del representante, datos de contacto, epígrafe del IAE…
- Datos relativos a la plantilla total existente a 15/02/2021: nombres y apellidos de los/las trabajadores/as, DNI’s y números de la Seguridad Social.
- «Informe de vida laboral de un código de cuenta de cotización» o, en caso de ser autónomo/a, «Informe de vida laboral».
2. Alta en el Registro de Terceros de la Oficina de Control Económico del Departamento de Economía y Hacienda de Gobierno Vasco. En caso de que la solicitante sea Sociedad Civil, aportar también certificado de titularidad de la cuenta bancaria.
¿QUIÉN PUEDE AYUDARTE A SOLICITAR ESTA AYUDA?
NovaK es la respuesta a esta pregunta.
Si tienes cualquier duda sobre el tema tratado en este post,
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