Un año más llega la declaración de la renta, el momento de exponer a las administraciones tributarias los ingresos, gastos e inversiones que hemos realizados durante el pasado ejercicio 2020; y como siempre, un año más, NovaK está a vuestra disposición para ayudaros a cumplir con esta obligación.
En este post resumimos la información relevante de cara a la campaña de Declaración de la Renta 2020.
HACIENDA FORAL DE ÁLAVA
Para los/las contribuyentes alavesas, la campaña de declaración de la renta en la Hacienda Foral de Álava comienza el 7 de abril y finaliza el 16 de julio.
¿Cómo presentar la declaración de la renta?
Cada contribuyente recibirá una carta en su domicilio con el resultado de la propuesta de su declaración generada por RENTAFÁCIL y comunicando su disponibilidad de descarga en la web. Por otra parte, en dicha carta se recibirán las instrucciones para obtener y activar la clave BAK, con la que podrán modificar y aceptar las propuestas de RENTAFÁCIL.
Cabe recordar que existe la posibilidad de activar la clave BAK a través del siguiente enlace, sin necesidad de esperar a que llegue la carta mencionada anteriormente.
DESAPARECEN LAS ETIQUETAS: En esta campaña de la Renta 2020 desaparece el documento de datos identificativos IRPF y Patrimonio (llamado etiqueta) que contenía una clave para que la asesoría entidad colaboradora pudiera acceder a los datos fiscales de cada cliente. En sustitución, si necesitas confeccionar y presentar la declaración a través de un asesor, este requerirá el otorgamiento de representación voluntaria de conformidad con lo dispuesto en los Decretos Forales 15/2010, de 13 de abril y 11/2021, de 16 de marzo. ¡Pregúntanos1 Te explicaremos como otorgarlo fÁcilmente,
HACIENDA FORAL DE BIZKAIA
El caso de la campaña de declaración de la renta de los/las contribuyentes con domicilio fiscal en el Territorio Histórico de Bizkaia es muy similar al caso alavés (se enviarán cartas con la propuesta de declaración y con instrucciones para obtener y activar la clave BAK), no obstante el estreno de la campaña será un día antes, el 6 de abril de 2021.
HACIENDA FORAL DE GIPUZKOA
La campaña de declaración de la renta gipuzkoana sigue también las mismas directrices que el resto de haciendas forales de la CAPV. No obstante, en esta ocasión los plazos empiezan el próximo 12 de abril de 2021 y finalizan el 30 de junio de 2021.
AGENCIA TRIBUTARIA ESTATAL
NOVEDAD: ¿Qué personas están obligadas a presentar la declaración de renta?
Este año se ha modificado el límite que determina la obligación de presentar la declaración: Estarán obligadas a realizar dicho procedimiento aquellas personas que cuenten con más de un pagador y la suma de sus ingresos supere los 12.643€ anuales, mientras que aquellas que solo cuenten con un pagador mantienen el mismo límite que se determinó el año pasado, es decir, 22.000€ anuales.
¿Cuándo y cómo presentar la declaración de renta 2020?
La AEAT agenda el próximo 7 de abril de 2021 como día de inicio de la declaración de renta a través de internet (mediante DNI electrónico, certificado electrónico y/o cualquier otra acreditación telemática autorizada para llevar a cabo dichos trámites). Asimismo, los días 6 de mayo y 2 de junio de 2021 serán las fechas de inicio reservadas respectivamente para aquellos que prefieran presentar su declaración de renta vía teléfono o presencialmente.
¿HAS ESTADO AFECTAD@ POR UN ERTE EN 2020?
En este caso debes prestar especial atención a tu declaración de la renta en este año principalmente por dos cuestiones:
- EL SEPE ES UN PAGADOR MÁS: Por lo tanto la renta mínima para tener obligación de presentar declaración de la renta disminuye ya que al menos tendremos 2 pagadores (la empresa y el SEPE). Por lo tanto deberás de sumar los ingresos brutos obtenido en tu empresa y en el SEPE y comprobar si superas ese importe mínimo (En general, con dos pagadores, si la suma de las rentas obtenidas de ambos es mayor de 14.000,00€ y del segundo pagador hemos obtenido más de 2.000,00€ en Álava o de 1.500,00€ en la estatal, estaremos obligados a presentarla).
- EL SEPE NO APLICA RETENCIÓN: A diferencia de en la empresa, el SEPE no aplica ordinariamente retención de IRPF sobre las prestaciones que nos abona, dado que para el calculo de la retención que debiera practicar únicamente contempla la renta anual que este nos estima abonar por lo tanto habitualmente no llega al mínimo para aplicar retención. Esto implica que de las rentas obtenidas por los pagos recibidos por el SEPE deberemos en caso de estar obligados, liquidar el IRPF correspondiente.
¡OJO! CORREOS FRAUDULENTOS EN ESTA CAMPAÑA. Advertencia de INCIBE
Desde INCIBE (Instituto Nacional de Ciberseguridad) se ha detectado una campaña de envío de correos electrónicos fraudulentos que suplantan a la Agencia Tributaria para difundir malware aprovechando los días de inicio de la campaña de la Renta.
En dicha campaña, el correo tiene como asunto: « Acción fiscal». En el cuerpo del mensaje se solicita al usuario que acceda a la Sede Electrónica o descargue un archivo PDF para acceder a una supuesta información fiscal dirigida al destinatario del correo.