¡KIT CONSULTING! Te ayudamos a solicitar tu bono (o a gestionar los mismos si eres Asesor Digital) novaksolutions 27 de mayo de 2024
¡KIT CONSULTING! Te ayudamos a solicitar tu bono (o a gestionar los mismos si eres Asesor Digital)

De los creadores del KIT DIGITAL, un programa de ayudas a la digitalización de las pymes enfocado a dotar de herramientas y recursos digitales (página web, RRSS, CRM, softwares de facturación…), a autónomos, micro, pequeñas y medianas empresas, nace KIT CONSULTING, otro programa de ayudas, esta vez dirigido a empresas de entre 10 y 250 empleados, que persigue el mismo objetivo a través de bonos de ayuda canjeables por servicios y soluciones pro-digitalización tales como asesoramiento en Inteligencia Artificial, en Ciberseguridad, en Análisis de Datos, Ventas Digitales…

Desde novaK by Talenom, sabemos que estos programas ayuda son una gran oportunidad para dar el paso hacia la gestión avanzada y digital de las empresas, pero también sabemos que su tramitación, muchas veces, trae consigo dudas, requerimientos y errores, es por este motivo por el cual publicamos este post informando sobre los principales detalles y aspectos a tener en cuenta de esta convocatoria de ayudas.

Asimismo, tal y como hacemos con el KIT DIGITAL, ofrecemos nuestra ayuda tanto a solicitantes del KIT CONSULTING como a las empresas que son o quieren ser Asesores Digitales adheridos al programa para agilizar la tramitación y gestión de estas ayudas.

¡Queremos ser tu oficina de apoyo para la tramitación y gestión del KIT CONSULTING!

El programa «KIT CONSULTING» trata de subvencionar las inversiones en distintas áreas de asesoramiento para la digitalización a través de descuentos en la contratación e implantación de soluciones digitales determinadas. Estos descuentos se materializan en un bono denominado «Bono Kit Consulting», cuyo importe varía en función del tamaño de la pyme. A continuación se muestra una tabla que detalla el importe de bono que puede conseguir una empresa en función del segmento al que pertenezca, es decir, en función del número de trabajadores que tenga:

Para conseguir el bono KIT CONSULTING se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener domicilio fiscal en España.
  • Tener consideración de Pyme (en cuanto a tamaño de plantilla y volumen de facturación).
  • Estar inscritos en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la AEAT o de la administración correspondiente, con una antigüedad todavía no determinada (en el programa KIT DIGITAL se establecían 6 meses de antigüedad).
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No tener la consideración de empresa en crisis.

Las empresas podrán canjear su KIT CONSULTING en la contratación de uno o varios servicios (de los que se exponen a continuación) enfocados a profesionalizar y mejorar el proceso de Transformación Digital de la pyme. El importe máximo subvencionable con el bono KIT CONSULTING será de 6.000€ por cada contratación de servicio.

Por ejemplo:

Si una empresa desea contratar el servicio de asesoramiento en Inteligencia Artificial y éste tiene un coste de 8.000€+IVA, podrá pagar como máximo 6.000€ a través del bono KIT CONSULTING, y el resto (2.000€), así como el IVA de todo el coste del servicio (1.680€) deberá pagarlo de una sola vez vía transferencia bancaria. Cabe exponer que el IVA no será subvencionable en ningún caso.

SERVICIOS DE ASESORAMIENTO DEL PROGRAMA KIT CONSULTING:

* Para poder acceder a los servicios de asesoramiento «Avanzados» es necesario que, previamente, se haya contratado el servicio de asesoramiento «básico» correspondiente.

Así como sucedió con el programa KIT DIGITAL, las empresas que quieran ofrecer sus servicios a través del KIT CONSULTING y que cumplan con los requisitos de este programa, deberán adherirse al mismo como «Asesores Digitales / Agentes del Cambio». Las empresas beneficiarias de los bonos KIT CONSULTING tendrán su disposición en la página web del programa un Catálogo de Asesores Digitales: un directorio de empresas con las que poder canjear su bono.

Los principales requisitos que debe cumplir una empresa para poder ser «Asesor Digital» del programa KIT CONSULTING son los siguientes:

  1. Tener un volumen neto de la cifra de negocio del último año fiscal cerrado anterior al de la presentación de la solicitud de adhesión igual o superior a 100.000€, o que la media del volumen neto de cifra de negocio de los últimos tres años fiscales cerrados desde la fecha de la solicitud de adhesión sea superior a 100.000€.
  2. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  3. Tener domicilio fiscal en un país de la Unión Europea.
  4. No haber sido beneficiario del bono KIT CONSULTING.
  5. Que la entidad solicitante esté dada de alta en Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en alguna de las siguientes agrupaciones:
  • 843. Servicios técnicos (ingeniería, arquitectura, urbanismos).
  • 844. Servicios de publicidad, relaciones públicas y similares.
  • 845. Explotación Electrónica por Terceros.
  • 846. Empresas de estudios de mercado.
  • 847. Servicios integrales de Correos y Telecomunicaciones.
  • 849. Otros servicios prestados a las empresas n.c.o.p.
  • Agrupación 76. Profesionales de la Informática y de las Ciencias Exactas y todos sus grupos.
  • Agrupación 79. Otros profesionales relacionados con las actividades financieras, jurídicas, de seguros y de alquileres.

¿Te ayudamos a solicitar tu adhesión?

Una vez se haya resuelto favorablemente la solicitud del bono KIT CONSULTING, el beneficiario deberá seguir el siguiente procedimiento para poder canjear su bono:

1. Contratar el servicio de asesoramiento digital elegido con un Asesor Digital / Agente del Cambio (será necesario confeccionar y firmar un contrato privado de servicios).

2. Formalizar, firmar y enviar al órgano de gestión del KIT CONSULTING un «Acuerdo de Prestación de Servicios de Asesoramiento» a través de la plataforma del KIT CONSULTING. Este acuerdo será el que vincule el bono KIT CONSULTING del cliente con el Asesor Digital / Agente del Cambio y, por lo tanto, donde se establezcan los compromisos que asume cada parte en relación con el programa KIT CONSULTING.

3. Una vez se haya enviado al órgano de gestión del KIT CONSULTING el «Acuerdo de Prestación de Servicios de Asesoramiento» firmado por ambas partes, se recibirá una notificación de «Validación de Acuerdo». A partir de este momento, el Asesor Digital / Agente del Cambio tendrá un plazo máximo de 3 meses para prestar los servicios contratados, así como para emitir la factura correspondiente cumpliendo con las formalidades del programa KIT CONSULTING y recibir su pago.

4. La diferencia entre el coste del servicio contratado y el importe de la subvención concedida asociado al Acuerdo de Prestación de Servicios de Asesoramiento formalizado deberá ser abonado por el beneficiario al Asesor Digital Adherido.

5. En un plazo máximo de 5 meses a contar desde que se recibe la notificación de «Validación de Acuerdo», el Asesor Digital / Agente del Cambio deberá proceder a iniciar el proceso de justificación, aportando la documentación que se exija para cada tipo de solución y enviándola al beneficiario para que de su conformidad firmándola. Una vez se haya firmado el trámite de justificación el Asesor Digital / Agente del Cambio lo enviará al órgano de gestión y, tras su comprobación, cobrará el importe del bono KIT CONSULTING utilizado para subvencionar los servicios prestados.

<< El beneficiario del bono KIT CONSULTING recibe el «derecho» a utilizar un bono valorado en 12.000,€, 18.000€ o 24.000€ para la contratación de los servicios mencionados en este post. Quien cobra la ayuda es la empresa que actúa como «Asesor Digital / Agente del Cambio», es decir, quien presta el servicio contratado. >>

Desde el 18/06/2024 hasta el 31/12/2024 las empresas podrán solicitar su bono KIT CONSULTING.

El beneficiario del bono KIT CONSULTING dispondrá de un plazo máximo de 3 meses desde la concesión del mismo para firmar el primer «Acuerdo de Prestación de Servicios de Asesoramiento» .

Asimismo, el plazo máximo para la presentación de «Acuerdos de Prestación de Servicios de Asesoramiento» finalizará el 31 de mayo de 2025.

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