Ayudas al fomento del empleo estable y de calidad en Vitoria-Gasteiz para personas mayores de 45 años 2023– AYUNTAMIENTO VITORIA-GASTEIZ. novaksolutions 8 de mayo de 2023
Ayudas al fomento del empleo estable y de calidad en Vitoria-Gasteiz para personas mayores de 45 años 2023– AYUNTAMIENTO VITORIA-GASTEIZ.

El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz ha publicado hoy en el BOTHA las bases de la nueva convocatoria del programa de «Ayudas al fomento del empleo estable y de calidad en Vitoria-Gasteiz, para personas mayores de 45 años».

Desde novaK compartimos este post contigo resumiéndote las características principales de este programa de ayudas.

Si eres empresario/a y has ampliado o tienes previsto ampliar la plantilla de trabajadores/as…

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¿Quién puede beneficiarse de este programa?

Podrán optar a estas ayudas las empresas o entidades, cualesquiera que sea su forma jurídica, que desarrollen su actividad en un centro de trabajo situado en el término municipal de Vitoria-Gasteiz. Asimismo, deberán encontrarse al día en sus obligaciones fiscales y laborales y ante el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.

¿Qué acciones son subvencionables?

El importe concedido por la presente ayuda se dirigirá a cubrir los gastos de contratación en los siguientes supuestos:

  • Conversiones de contratos laborales temporales en indefinidos (a tiempo completo o parcial de como mínimo 50%) llevadas a cabo entre el 01/01/2023 y el 01/09/2023. Únicamente serán subvencionadas un máximo de dos conversiones por solicitante.

Los/las trabajadores/as objetos de los contratos convertidos subvencionables deberán ser mayores de 45 años, así como estar empadronados/as en Vitoria-Gasteiz, al menos 6 meses antes de la conversión del contrato en indefinido.

Dichos supuestos deberán mantenerse hasta la resolución de la presente convocatoria de ayudas.

NO SERÁN SUBVENCIONABLES:

  • Las conversiones de contratos temporales en indefinidos de personas que hayan finalizado una relación laboral de carácter indefinido en la misma empresa/entidad en un plazo de 12 meses anteriores a la formalización del contrato que motiva la solicitud.
  • Las conversiones de contratos temporales en indefinidos que se deriven de una sucesión en la titularidad de la empresa/ entidad o cambio en la forma jurídica de ésta.
  • Los contratos que afecten a cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes, por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado, inclusive, del empresariado; sus análogas en caso de parejas de hecho y de quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las empresas/entidades. Tampoco serán objeto de subvención las conversiones de contratos realizados a personas que ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las empresas/entidades.
  • Las conversiones de contratos que afecten a personas que tengan o hayan tenido durante el año previo a la contratación, participaciones en las sociedades que soliciten la ayuda.
  • Las conversiones de contratos temporales en fijos discontinuos contratos relevo.
  • Las conversiones de contratos temporales en indefinidos realizadas para ejecutar contratos adjudicados por el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, sus empresas y demás organismos autónomos.

Criterio de valoración de las solicitudes:

Para establecer un orden de prioridad en cuanto a la resolución y dotación económica de las solicitudes presentadas, éstas se valorarán en función de los siguientes criterios:

CARACTERÍSTICAS DE LA PERSONA CONTRATADA:

  • Mayor de 55 años (a la fecha de la conversión). 50 PTS.
  • Mujer. 30 PTS.
  • Persona con diversidad funcional. 10 PTS.

CARÁCTERISTICAS DE LA JORNADA:

  • Contrato a jornada completa. 30 PTS.
  • Contrato a más del 75% de la jornada. 10 PTS.

¿Cuál es el importe que otorga la ayuda?

Las entidades beneficiarias obtendrán una ayuda por importe del 30% del salario bruto anual de la conversión del contrato temporal en contrato indefinido así como el coste de Seguridad Social a cargo de la empresa. Dicho importe no podrá superar los 8.000€.

Los contratos celebrados con personas mayores de 60 años obtendrán 1.000€ más de subvención.

En el caso de jornadas parciales, la ayuda será proporcional a la jornada, no obstante, cabe recordar que en las bases de la convocatoria de dichas ayudas se establece que la jornada mínima subvencionable deberá ser del 50%.

¿Cuándo pueden presentarse las solicitudes?

Las solicitudes podrán presentarse desde el 1 de junio de 2023 hasta el 15 de septiembre de 2023 a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.

Únicamente se admitirán dos solicitudes por empresa/entidad.

¿QUIÉN PUEDE AYUDARTE A TRAMITAR LA AYUDA Y
PREPARAR TODA LA DOCUMENTACIÓN?

¡Sin duda alguna nosotr@s!

Desde novaK estamos a tu disposición para resolver cualquier duda y ayudarte en la tramitación de presentación de dicha ayuda.

¡Contacta con nosotr@s y estaremos encantados de poder ayudarte!

ENLACES DE INTERÉS:

BOTHA: Bases específicas reguladoras de la convocatoria de Ayudas económicas municipales 2023 al fomento del empleo estable y de calidad en Vitoria-Gasteiz, para personas mayores de 45 años.

BOTHA: Modificación de las bases de la convocatoria pública del programa específico de ayudas económicas municipales 2023 al fomento del empleo estable y de calidad en Vitoria-Gasteiz para personas mayores de 45 años al objeto de incrementar el plazo de solicitud establecido en las mismas.

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