Hola amig@s, os informamos que el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz ha abierto la convocatoria de ayudas a la creación de empresas 2019. Os resumimos a continuación las claves de la ayuda:
¿QUE EMPRESAS PUEDEN OPTAR A ESTA AYUDA?
Cualquier microempresa a efectos de esta convocatoria (menos de 10 asalariados y menos de 2 millones de € de facturación), con domicilio social y fiscal en Vitoria-Gasteiz, a excepción de las que cuya actividad principal esté encuadrada en los siguientes epígrafes de actividad:
- 64 al 67 Comercio al por menor y servicios de alimentación.
- 691.1 Reparación de artículos eléctricos para el hogar.
- 691.9 Reparación de otros bienes de consumo NCOP (no comprendidos en otras partes).
- 755 Agencias de viaje.
- 971.3 Zurcido y reparación de ropas
- 972 Servicios de peluquería y belleza.
¿QUÉ ACCIONES Y GASTOS SON SUBVENCIONABLES?:
La ejecución de proyectos e inversiones realizadas por empresas de nueva creación (alta en IAE posterior al 1 de julio de 2016), considerandose gastos subvencionables, las facturas correspondientes al período comprendido entre el 1 de junio de 2018 y el 28 de junio de 2019, ambos inclusive, en los siguientes conceptos:
- GASTOS DE CONSTITUCIÓN: Notaria, registro, asesoría, proyectos técnicos…
- GASTOS DE PUESTA EN MARCHA: Estudios de mercado y proyecto de viabilidad, registro de marcas y patentes, diseño de imagen corporativa y diseño y desarrollo web, diseño de prototipos…
- ACTIVOS NUEVOS NECESARIOS PARA LA PUESTA EN MARCHA: Mobiliarios, equipos informáticos, utillaje, maquinaria, intangibles (propiedad industrial, aplicaciones informáticas)…
Será necesaria una inversión subvencionable mínima de 5.000,00 €.
El pago de los gastos subvencionables deberá estar realizado y justificado antes del 31 de agosto de 2019.
¿CUANDO HAY QUE PRESENTAR LA SOLICITUD?
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 3 de junio de 2019 y finalizará el 28 de junio de 2019.
¿EN QUE SE BASAN PARA CONCER O NO LA AYUDA?
Una vez cumplidos los requisitos básicos y dado que se trata de una ayuda que se concede bajo el procedimiento de concurrencia competitiva, la comisión comparará los diferentes proyectos presentados y distribuirá la partida total asignada a esta ayuda (90.000,00€) entre los proyectos que cumplan los requisitos y que mayor puntuación obtengan en base a diferentes criterios, además se requerirá un mínimo de 50 puntos. Los criterios de valoración y sus puntuaciones son :
- Calidad técnica del proyecto presentado: hasta 30 puntos.
- Grado de innovación y potencial empresarial del proyecto: Hasta 20 puntos.
- Equipo promotor y empleo creado: hasta 20 puntos.
- Inversiones subvencionables realizadas: hasta 20 puntos.
- Grado de compromiso medioambiental o social: hasta 10 puntos.
¿CUANTOS € DE AYUDA ME PUEDEN LLEGAR A OTORGAR?
Como hemos comentado se trata de un procedimiento de concesión mediante concurrencia competitiva, por lo que se compararán todos los proyectos presentados en base a los criterios de valoración y se asignará la puntuación correspondiente a cada proyecto.
El/los que obtenga/n la máxima puntuación obtendrán el porcentaje máximo de subvención (40 %). Por otra parte, el/los que obtenga/n la mínima puntuación subvencionable obtendrán el porcentaje mínimo de subvención (20 %). Al resto de proyectos con puntuación comprendida entre la máxima y la mínima se les aplicará una proporción lineal al objeto de obtener el porcentaje correspondiente de subvención. Se concederá ayudas por orden de puntuación hasta agotar la partida presupuestaria.
La subvención máxima concedida por empresa beneficiaria y año será de 8.000,00 euros.
Pinchando AQUÍ podrás acceder a las bases reguladoras del presente programa de ayudas donde se detallan en profundidad todos los aspectos de la ayuda.
Os recordamos que quedamos a vuestra disposición para aclarar cualquier cuestión al respecto o ayudaros con la tramitación.
¡ FELIZ DÍA!