Como ya estaba previsto, hoy se ha publicado en el BOE el Real Decreto 145/2024, de 6 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2024. Con la publicación de este decreto, se hace efectivo el incremento de un 5% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), alcanzando de este modo el nuevo SMI los 1.134,00€ al mes en 14 pagas (equivalente a 15.876,00€ anuales y 37,80€/día). Esta nueva actualización del SMI tendrá efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2024.
Desde el Área Laboral de novaK, publicamos el siguiente post informándote de cómo puede afectar esta subida a tu empresa.
¡TE INTERESA!
¿QUÉ ES EL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL (SMI) Y QUIÉN LO REGULA?
El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es la retribución mínima diaria, mensual o anual bruta , establecida anualmente por el gobierno central vía Real Decreto en los términos previstos por el Estatuto de los Trabajadores, por debajo de la cual no puede fijarse ningún salario ordinario.
La actualización de esta variable depende de la evolución de varios factores macroeconómicos como el índice de precios al consumo (IPC), la productividad media nacional, la participación del trabajo en la renta nacional o la coyuntura económica general.
¿CÓMO AFECTA A TU EMPRESA LA ACTUALIZACIÓN DEL SMI?
Este aumento, únicamente tendrá consecuencias para las empresas que estén en alguno de los siguientes casos:
- CASO 1: Aquellas empresas que venían retribuyendo salarios por el valor del anterior SMI, es decir, de 1.080,00€/mes en 14 pagas o 1.260,00€/mes en 12 pagas (pagas prorrateadas).
- CASO 2: Aquellas empresas que venían retribuyendo salarios por encima del anterior SMI pero por debajo del nuevo, es decir, salarios entre 1.080,00€/mes y 1.134,00€/mes en 14 pagas o entre 1.260,00€/mes y 1.323,00€/mes en 12 pagas (pagas prorrateadas).
Ambos casos pueden darse fundamentalmente por 2 motivos:
- MOTIVO 1: Los salarios establecidos en el convenio de aplicación han sido superados por el SMI en algún momento.
- MOTIVO 2: Al no aplicarse convenio, se retribuya según el SMI.
Aquellas empresas que por Convenio Colectivo y/o por acuerdo individual entre las partes retribuyeran una cantidad superior al nuevo SMI de 1.134,00€ (en 14 pagas), no se verán afectadas por esta medida.
¡IMPORTANTE!
La nueva actualización del SMI tiene efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2024, por lo que, en caso de que esta medida tenga implicación sobre tu empresa por alguna de las causas expuestas, se deberán regularizar el pago de las nóminas emitidas en enero de 2024 y afectadas por el incremento del SMI desde la fecha indicada.
NUEVO SMI vs CONVENIOS COLECTIVOS
Las tablas salariales de los convenios colectivos regulan las retribuciones mínimas correspondientes a las diferentes categorías de puestos de trabajo de cada sector. No obstante, dichas remuneraciones nunca deben ser inferiores al SMI. En este sentido, si los convenios no se actualizan, el nuevo incremento del SMI va a repercutir en algunos sectores cuyos convenios marquen retribuciones inferiores a esta referencia.
¿Tienes dudas? ¿Necesitas ayuda?
Desde el Área Laboral de novaK, quedamos a tu entera disposición para resolverte cualquier duda relacionada con la última actualización del SMI.
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