PRÓRROGA DE LOS ERTES HASTA EL 31 DE MAYO DE 2021
La noticia que se estaba esperando durante estas últimas semanas ya es una realidad: tras el acuerdo entre el Gobierno de España, los sindicatos y la patronal, el pasado miércoles 27 de enero se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo, lo que supone la quinta prórroga de los ERTES hasta el 31 de mayo de 2021.
Las condiciones de renovación apenas varían respecto a la prórroga anterior, de la que ya hablamos en el post «Novedades ERTEs – RD 30/2020», mintiéndose los diferentes tipos de ERTE y las exoneraciones en la cotización, además de el «contador a cero» para los trabajadores afectados.
Asimismo, otro de los puntos más relevantes que se mantiene durante esta prórroga es la devolución, por parte de la empresa, de las cotizaciones exoneradas durante el ERTE de la plantilla al completo en caso de que ésta incumpla el mantenimiento de empleo sobre un trabajador. Solo se podrá despedir una vez hayan transcurrido 6 meses desde la primera reincorporación del trabajador de este nuevo ERTE.
Agilización de trámites para la prórroga:
Con la nueva prórroga de los ERTES, se simplifican los trámites administrativos para solicitarla.
Se dispone, como novedad, que, una vez que una empresa haya obtenido una resolución estimatoria en un ERTE de fuerza mayor por impedimento se pueda, sin necesidad de tramitar otro nuevo expediente, pasar a aplicar sin solución de continuidad las medidas correspondientes a la situación de limitaciones al desarrollo normalizado de la actividad, y viceversa, sin perjuicio de las obligaciones de comunicación y los porcentajes de exoneración que correspondan en cada caso.
En caso de necesitar prorrogar un ERTE por FM, estando ya en situación de ERTE por FM, únicamente se deberá comunicar a la autoridad laboral una breve memoria de causas y comunicar a los trabajadores la decisión de prorrogarlo. Mientras que si se trata en un ERTE ETOP (por causas productivas, económicas…) se tendrá que entregar a la autoridad laboral, un acuerdo entre empresa y trabajadores que avale dicha decisión.
Se incluyen 3 sectores más como actividades «ultraprotegidas»:
Las actividades comprendidas en los siguientes CNAE’s se añaden al listado de las 44 actividades «ultraprotegidas» por ERTE, actividades con una elevada tasa de cobertura por ERTE’s y una reducida tasa de recuperación de actividad:
- CNAE 5530: Campings y aparcamiento de caravanas.
- CNAE 7734: Alquiler y medios de navegación.
- CNAE 9604: Actividad de mantenimiento físico.
Exoneraciones ERTES entre 01/02/2021 y 31/05/2021

PRÓRROGA DEL CESE DE ACTIVIDAD HASTA EL 31 DE MAYO DE 2021
Otro de los acuerdos alcanzados esta última semana ha sido la prórroga del cese de actividad, y en consecuencia, de su debida prestación económica hasta el próximo 31 de mayo de 2021.
Además, en este nuevo acuerdo se facilita a los autónomos el acceso a la prestación ya que los solicitantes tan solo deberán justificar un 50% de pérdidas económicas (frente a al 75% que se requería anteriormente) y, por otra parte, no será condición indispensable el hecho de que los beneficiarios de la prestación hubiesen solicitado la misma entre los meses de marzo y junio de 2020.
SUSPENSIÓN DEL INCREMENTO DE LA CUOTA DE AUTÓNOMOS HASTA EL 31 DE MAYO DE 2021
La subida de la cuota de autónomos que estaba pendiente de hacerse realidad en este mes de enero quedará pospuesta también hasta el 31 de mayo de 2021. Aunque desgraciadamente, por el retraso en el acuerdo, la cuota de enero se ha girado ya con la subida inicialmente prevista
Este incremento iba a suponer un aumento de entre 3 y 12 euros en la cotización RETA.
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