Actualización de los límites exentos de tributar en IRPF por gastos de locomoción. novaksolutions 19 de julio de 2023
Actualización de los límites exentos de tributar en IRPF por gastos de locomoción.

El pasado lunes 17 de julio de 2023 se publicó en el BOE la Orden HFP/792/2023, de 12 de julio, por la que se revisa la cuantía de las dietas y asignaciones para gastos de locomoción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Dicha normativa, en vigor desde el mismo día de su publicación en el BOE, actualiza los límites que están exentos de tributar en IRPF por el kilometraje, pasando de 0,19€/km a 0,26€/km. Este nuevo límite de exención se establece para empresas que tributen el impuesto mencionado en el territorio común (AEAT), ya que en el ámbito foral del Territorio Histórico de Álava dicho límite no ha variado, y sigue siendo de 0,29€/km, tal y como te explicamos en el post «Dietas y gastos de locomoción, ¿Cómo tributan en IRPF?» .

¿Y respecto a la cotización en Seguridad Social?

Asimismo, tal y como se indica en la Ley General de la Seguridad Social, los importes que no sobrepasen los límites establecidos mencionados anteriormente estarán exentos de cotizar en Seguridad Social:

Únicamente no se computarán en la base de cotización los siguientes conceptos:

b) Las asignaciones para gastos de locomoción del trabajador que se desplace fuera de su centro habitual de trabajo para realizar el mismo en lugar distinto, no comprendidos en el apartado anterior, así como para gastos normales de manutención y estancia generados en municipio distinto del lugar del trabajo habitual del perceptor y del que constituya su residencia, en la cuantía y con el alcance previstos en la normativa estatal reguladora del Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas.

Art. 147.2 Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social

¿TIENES DUDAS?

Desde el Area Laboral de novaK estamos a tu disposición para resolverte
cualquier cuestión al respecto.

¡Contacta con nosotras/os y estaremos encantadas/os de poder ayudarte!

ENLACES DE INTERÉS

Escribe tu comentario
Su dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados *